SAP Barcelona, 19 de Febrero de 2004

PonenteMIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO
ECLIES:APB:2004:2092
Número de Recurso685/2003
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO

Dª NURIA BARRIGA LOPEZ

Dª ASUNCION CLARET CASTANY

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de febrero de dos mil cuatro

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, número 610/2002 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 38 Barcelona, a instancia de D/Dª. MAAF, CIA DE SEGUROS S.A. y Rubén , contra D/Dª. Almudena , AXA CIA SEG. Y REASEGUROS .S.A. y CONSORCIO COMPENSACION SEGUROS , ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por CONSORCIO COMPENSACION SEGUROS contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de abril de 2003, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por MAAF SEGUROS S.A. y Rubén , representada por el procurador FEDERICO GUTIERREZ GRAGERA contra Almudena , AXA SEGUROS y CONSORCIO COMPENSACION DE SEGUROS, condenando a pagar a los demandados M. Almudena y CONSORCIO COMPENSACION DE SEGUROS la cantidad de 1163'66 eurosa MAAF SEGUROS S.A. y la cantidad de 150'25 a Rubén , mas los intereses legales desde la interposición de la demanda, debiendo desestimar la demanda interpuesta por MAAF SEGUROS SA y Rubén , representada por el procurador FEDERICO GUTIERREZ GRAJERA , contra AXA SEGUROS , a los que libremente absuelvo de todos los pedimentos contenidos en el escrito de demanda. Todo ello con imposición de las costas procesales a Almudena y CONSORCIO COMPENSACION DE SEGUROS."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación CONSORCIO COMPENSACION SEGUROS mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial .

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 12 de febrero de 2004 .

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de 9 de abril del año 2003 dictada por el Juzgado de 1ª instancia número 38 de Barcelona en los autos de juicio verbal número 610/02 condenaba al CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS y a Almudena a abonar a MAAF SEGUROS la suma de 1.163,66 EUR y a Rubén la cantidad de 150,25 EUR en virtud de los daños sufridos en el vehículo Y .... YS en el accidente de circulación sufrido el día 20 de abril de 2001 , en la calle Vila Cinca de Sabadell , Barcelona , absolviendo en cambio a la compañía AXA de la pretensión que asimismo se ejercitó con la misma causa .Contra dicha resolución se alza recurso de apelación interpuesto por el CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS que, sin cuestionar los hechos enjuiciados en cuanto a la mecánica y responsabilidad del siniestro , plantea la duda de la vinculación de la misma con la codemandada condenada , dado que a pesar de la comunicación de la compañía AXA al FICHERO INFORMATIVO DE VEHICULOS ASEGURADOS , FIVA el 26 de abril de de 2001 , de la baja de la póliza concertada con la condenada Almudena con efectos retroactivos al 10 de febrero de 2001 , entiende la recurrente que el contrato suscrito era de vigencia anual mas de pago fraccionado semestral , y que la ausencia de pago del segundo semestre no podía implicar la ausencia de cobertura de la póliza hasta el 10 de agosto de 2001 , además de resultar de aplicación el contenido del art 15.2 de la LCS , lo que abonaría idéntica conclusión , solicitando , por ello , la revocación de la sentencia absolviendo a la misma de los pronunciamientos que se asientan en tal contrato . AXA AURORA IBERICA SA , por su parte , entiende correcta la apreciación del Juzgador de instancia , al considerar que el día 20 de abril de 2001 el vehículo F .... FC carecía de seguro en vigor por la apreciación de los agentes de la Policía Municipal de Sabadell que hicieron constar en el atestado elevado , por la documentación elaborada por quien así lo sostiene y por las declaraciones de la codemandada Almudena , considerando que el contrato suscrito no era de vigencia anual sino semestral y que transcurrido este periodo no fue renovado por las partes . Finalmente la representación de la COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SEGUROS Y REASEGUROS MAAF SEGUROS SA , solicitó , por los motivos que expone en su escrito, bien la confirmación de la sentencia de instancia , bien la condena de la compañía AXA SEGUROS en la misma posición expresada en la sentencia de instancia en relación con el CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS .

SEGUNDO

La sentencia apelada parte como único hecho a considerar sobre...

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