SAP Barcelona, 17 de Julio de 2002

PonenteHELENA SELLART OLLEARIS
ECLIES:APB:2002:7614
Número de Recurso1093/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución17 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

Dª. Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSAD. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPISD. HELENA SELLART OLLEARIS

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOPRIMERA

ROLLO Nº 1093-2000

MENOR CUANTIA Nº 57-99

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE EL PRAT DE LLOBREGAT

S E N T E N C I A Núm.

Ilmos. Sres.

D/Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA

D/Dª. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

D/Dª. HELENA SELLART OLLEARIS

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de julio de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoprimera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de menor cuantía nº 57-99, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de El Prat de Llobregat, a instancia de D/Dª. Gabriela representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Alfredo Martinez Sanchez y dirigido/a por el/la Letrado/a D Alejandro Menos Pascual, contra las Comunidades de Propietarios de la CARRETERA000 nº NUM000 y nº NUM000 NUM001 de El Prat de Llobregat, representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Cecilia de Izaguirre i Moner, y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. Gregorio Lahoz Cuervo; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 4-9-2000, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Doña Gabriela , representada por procurador D. Antonio Lopez Jurado y defendida por el letrado D. Alejandro Mencos Pascual contra la comunidad de propietarios de la CARRETERA000 número NUM000 y NUM000 NUM001 de esta localidad, debo:

  1. declarar la nulidad parcial del acuerdo de la Junta de la Comunidad realizada el día 30 de enero de 1999 por la Comunidad de Propietarios de la CARRETERA000 nº NUM000 , exclusivamente en lo referente a la denegación del permiso a la actora para la instalación en la citada comunidad de una chimenea que le permita la salida de humos desde el local que regenta.

  2. desestimar y desestimo la demanda en el resto de pretensiones articuladas, sin que proceda expresa condena en las costas del presente proceso.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 26-6-02, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el/la Iltmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. HELENA SELLART OLLEARIS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza la demandante y ahora apelante Dª. Gabriela contra la sentencia de primer grado por cuanto si bien acoge parcialmente su pretensión y declara la nulidad parcial del acuerdo de la junta de propietarios por la Comunidad de Propietarios de la CARRETERA000 nº NUM000 y NUM000 NUM001 de El Prat de Llobregat, exclusivamente en lo referente a la denegación del permiso a la actora para la instalación en la citada Comunidad de una chimenea que le permita la salida de humos desde el local que regenta, no consigue la prestación de la tutela judicial que perseguía...

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