SAP Murcia 4/2007, 9 de Enero de 2007
Ponente | JUAN ANTONIO JOVER COY |
ECLI | ES:APMU:2007:235 |
Número de Recurso | 267/2006 |
Número de Resolución | 4/2007 |
Fecha de Resolución | 9 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00004/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL MURCIA. SECCIÓN CUARTA
APELACION PENAL. ROLLO Nº. 267/06
Iltmos. Sres.:
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Juan Antonio Jover Coy
D. Jaime Giménez Llamas
Magistrados
S E N T E N C I A Nº 4
En la ciudad de Murcia, a nueve de enero de dos mil siete.
La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, -rollo nº 267/06-, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia y tramitadas con el nº 428/05, por las normas del Procedimiento Abreviado de la Ley Orgánica 7/88, por delitos de robo con fuerza y falsedad en documento oficial contra Alvaro cuyas circunstancias personales ya constan; en virtud del recurso de apelación interpuesto por éste, que ha estado representado por el Procurador Sr. Conesa Fontes y defendido por la Letrada Sra. Rivera Tortosa, contra la sentencia de fecha 19-6-2006 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia en la causa indicada. Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia dictó, en las actuaciones de que el presente rollo dimana, sentencia de fecha 19-6-2006 declarando probados los siguientes hechos:
ÚNICO: Que el acusado Alvaro nacido en Bielorusia con fecha 22/10/75, sin permiso de residencia que ampare su estancia en territorio nacional y sin antecedentes penales, animado de lucro ilícito, el día 11 de enero de 2004 se apoderó del vehículo matrícula HA-....-HB que su propietario Miguel había dejado estacionado y perfectamente cerrado en la c/ Cisne de esta capital, forzando la cerradura de la puerta del conductor, a la que cambió el bombín para así aprovechar una llave falsa con la que poder arrancar el vehículo, el cual fue recuperado el día 31/8/04 en la c/ Argonautas de Torrevieja, cuando el acusado iba a hacer uso del mismo, y al que había colocado unas placas de matrícula polacas con la numeración WWDD... proveyéndolo de un permiso de circulación acorde con la matrícula supuesta.
El vehículo se ha tasado en 7.212'15 €, renunciando el perjudicado a la indemnización que por los daños que presentaba pudiera corresponderle.
Como consecuencia de ello, la expresada resolución contiene el siguiente fallo:
"Que debo condenar y condeno a Alvaro como autor criminalmente responsable de los delitos de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS Y FALSEDAD CONTINUADA EN DOCUMENTO OFICIAL ya definidos, a las penas de DOS AÑOS DE PRISION (por el robo) y DOS AÑOS DE PRISION Y MULTA DE DOCE MESES con cuota diaria de 3 Euros (por la falsedad continuada).
Comuníquese a la Brigada de Extranjería la presente condena, por si fuera factible la expulsión de Alvaro del territorio nacional, a fin de -en tal caso- proceder a sustituirle la pena impuesta por la referida expulsión.
Al no concederse al condenado el beneficio de la Suspensión de Penas, hágasele abono - en su caso- al mismo, para el cumplimiento de la pena impuesta, del tiempo que hubiere estado privado preventivamente de libertad por razón de esta causa".
Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Alvaro, fundamentándolo en síntesis en error en la valoración de la prueba, aplicación indebida de los artículos 238-2, 392 y 390-1 y 2 del Cód. Penal y no concesión de la suspensión de la pena.
Admitido el recurso y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se dio traslado a las demás partes personadas para que lo impugnasen o se adhiriesen al mismo; impugnándolo el Ministerio Fiscal, que interesó la confirmación de la sentencia. Y seguidamente se...
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