SAP Jaén 262/2003, 6 de Noviembre de 2003

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2003:1445
Número de Recurso324/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución262/2003
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 262

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS.

Dª Mª Esperanza Pérez Espino

Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera

En la Ciudad de Jaén a, seis de Noviembre de dos mil tres

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Liquidación de Gananciales seguidos en primera instancia con el nº 501 del año 2002, por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Linares, rollo de apelación de esta Audiencia nº 324 del año 2003, a instancia de Luis Antonio , representado en la instancia por la Procuradora Sra. Chacón Jiménez y defendido por la Letrada Sra. Henares Amate, contra Dª. Carla , representada en la instancia por el Procurador Sr. Villanueva Fernández y defendido por la Letrada Sra. Godino.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Linares, con fecha 19 de Julio de 2003.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "APROBAR el inventario de la comunidad matrimonial formada en su día por D. Luis Antonio y Dª Carla que se disolvió mediante sentencia de separación dictada el 6 de octubre de 1998 en los autos 315/98 seguidos en este Juzgado, inventario que está compuesto como sigue: -- Los bienes que componen el ACTIVO de la sociedad de gananciales son a tenor del art. 1397: -- Bienes gananciales existentes en el momento de la disolución: -- 1) Casa sita en la ciudad de Bailen, CALLE000 , marcada con el nº NUM000 actual nº NUM001 -- NUM002 ) Parcela de terreno en construcción sita en "la Covancha" actual Plan Parcial del P.G.O.U. con los datos registrales que constan en la demanda. -- 3) Olivar en el sitio , DIRECCION000 " de 30 olivos. -- 4) Los muebles, objetos y enseres que se encontraban en la vivienda en el momento de la disolución de la sociedad de gananciales conforme a la propuesta de inventario aportada con la demanda. --5) Furgoneta marca Ford JO .... OF . -- 6) SEAT Marbella Q-....-Q . -- 7) Negocio ubicado en la C/ CALLE000 nº NUM000 de Bailén denominado TEXTIL Juan Luis . - Bienes que componen el PASIVO de la sociedad (art. 1398 C.C): -- - El importe actualizado de las cantidades que, habiéndose satisfecho por el Sr Luis Antonio son a cargo de la sociedad conyugal (1398-3): -- 1) Pago de impuesto sobre bienes inmuebles respecto a la propiedad sita en la C/ DIRECCION001 correspondiente al año 2002 por importe de 13,5 euros documento nº 19 de los de la demanda. -- 2) Sanción por no presentación de la declaración del 2º trimestre del ejercicio 1997 en el negocio ubicado en la C/ CALLE000 por cantidad de 108,18 euros (documento nº 20 de los de la demanda) y que fue abonado por el actor en el año 1999. -- - El importeactualizado de las cantidades que, habiéndose satisfecho por Sra Carla son a cargo de la sociedad conyugal (1398.3): -- 1) Préstamo hipotecario concertado con la Entidad Banco Santander Central Hispano en la cantidad que quedara pendiente de pagar a la fecha de la separación judicial, esto es 6 de octubre de 1998. Este préstamo hipotecario fue liquidado por Sra Carla en la cantidad que restaba de 11.869,98 euros

(1.975.000 ptas.) -- 2) Recibos correspondientes a los documentos números 2,3,4,6,7,8,9 aportados en el acto de la vista. El total es de 331,52 euros (55.161 ptas).-- 3) Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana de la finca de la CALLE000 NUM001 , correspondiente al documento nº 15 aportado en el acto de la vista, por importe de 47,70 euros. -- 4) Recibo de cobro de seguros Groupama correspondiente al documento nº 29 aportado en el acto de la vista y por importe de 254,72 euros (42.382 ptas). -- 5) Adeudo por amortización de préstamo de fecha 14 de julio de 1998. Documento nº 32 aportado en el acto de la vista por importe de 347,29 euros (57.785 ptas). -- 6) Deuda pendiente en concepto del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana, documentos nº 35 y 36 bis emitidos por el Servicio de Gestión y Recaudación Tributaria U.T. La Carolina de fecha 7 de marzo de 2000.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por la parte demandada, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Linares, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en error en la apreciación de la prueba, respecto a las varias partidas que impugnaba, solicitando la revocación de la sentencia y se dicte otra conforme a sus pretensiones.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por la parte actora, solicitando la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se...

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