SAP Valencia 557/2004, 6 de Octubre de 2004

PonenteMARIA PILAR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:APV:2004:4254
Número de Recurso229/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución557/2004
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

SENTENCIA Nº 557-04

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente,

D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina En Valencia a, seis de octubre de dos mil cuatro.

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de GUARDIA Y CUSTODIA HIJOS EXTRAMATRIMONIALES Y MEDIDAS nº 257/00, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Torrente , entre partes, de una como demandante-impugnante, Elisa

,dirigido por el Letrado D./Dª Julio J. Barata Domingo, y representado por el Procurador D./Dª Carmen Navarro Ballester, y de otra como demandado-apelante, Eusebio , dirigida por el letrado D./Dª Juan Miguel Olios Zaragoza y representada por el Procurador D./Dña. Mª del Mar García Martínez. Siendo parte el Ministerio Fiscal.

Es ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia nº 6 de Torrente , en fecha

22.09.03, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO : Que debo ESTIMAR Y ESTIMO la demanda formulada por Doña Elisa , contra D. Eusebio acordando en interés del menor Eduardo

, las siguientes MEDIDAS: 1.- Se otorga la guarda y custodia del menor, a la madre, la cual deberá ser controlada y asistida respecto de esta función, por el servicio que corresponda, dependiente de la Concejalía de Asuntos sociales del Ayuntamiento correspondiente al domicilio en que resida, servicio al que facilitara trimestralmente un Informe del Colegio en que curse los estudios el menor, relativo al rendimiento escolar del alumno y el numero de faltas de asistencia, así como si las mismas son justificadas. Que así también y para poder ejercer este derecho-deber la demandante doña Elisa , aportara al servicio de asuntos sociales con carácter semestral un informe médico respecto de la evolución de la enfermedad crónica que padece así como respecto a la continuidad de la paciente en la administración del tratamiento médico-farmacológico, a la misma prescrito; 2.- Se reconoce al demandado el derecho de estar y relacionarse con su hijo fines de semana alternos, recogiéndolo en el domicilio materno el sábado a las 10:00 horas y devolviéndolo en el mismo a las 22:00 horas del domingo, pudiendo igualmente estar con elniño un mes durante las vacaciones de verano, siete días en Semana Santa y otros siete días en Navidad, eligiendo los periodos los años impares la madre y los pares el padre;3º) Que la patria potestad se ejercerá de forma conjunta por ambos progenitores; 4º.- Se otorga al menor una pensión por alimentos de 240 euros mensuales, que el demandado deberá satisfacer en la cuenta corriente que a tales efectos designe la madre y dentro de los cinco primeros días de cada mes. Que dicha pensión será modificada en los términos que determine la variación del Indice de Precios al Consumo, establecido por el Instituto Nacional de Estadística. Y todo ello con la expresa imposición de las costas causadas en este procedimiento a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal Eusebio se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia , y previo emplazamiento de las partes ante esta Secretaria, se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día de hoy para la celebración de la vista del presente recurso habida cuenta de haberse propuesto, admitido y practicado prueba en esta alzada, con el resultado que es de ver a la diligencia que precede del Sr. Secretario el desarrollo de la presente vista.

Ha asistido en representación del Ministerio Fiscal

TE...

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