SAP Murcia 5/2007, 13 de Febrero de 2007
Ponente | CAYETANO RAMON BLASCO RAMON |
ECLI | ES:APMU:2007:755 |
Número de Recurso | 34/2006 |
Número de Resolución | 5/2007 |
Fecha de Resolución | 13 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
MURCIA
SENTENCIA: 00005/2007
Rollo núm. 34/2006
Sumario núm. 8/2006
S E N T E N C I A NÚM. 5/2.007
Ilmos. Señores:
D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ
Presidente
Dª MARÍA DEL PILAR ALONSO SAURA
D. CAYETANO BLASCO RAMÓN
Magistrados
En la Ciudad de Murcia a trece de Febrero de dos mil siete.
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Visto en Juicio Oral, ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, el Sumario procedente del Juzgado de Instrucción nº 3 de Lorca, incoado con el número de rollo nº 34/2006, sobre tentativa de homicidio, contra Rodrigo, con D.N.I. NUM000, nacido el día 2 de Noviembre de 1971, hijo de Antonio y de Catalina, natural y vecino de Lorca, C/ DIRECCION000 nº NUM001, cuya solvencia e instrucción no constan, privado de libertad por esta causa desde el 21 de Abril de 2006, permaneciendo hasta la fecha en esa situación, representado por la Procuradora Sra. Martínez Navarro y defendido por el Letrado Sr. López López, en cuya causa es parte acusadora el Ministerio Fiscal y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. CAYETANO BLASCO RAMÓN, que expresa la decisión del Tribunal.
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, consideró que los hechos eran constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa del artículo 138 C.P., del que se estima responsable como autor a Rodrigo, concurriendo la atenuante analógica del artículo 21-6º del C.P. en relación con el art. 20.2 y 21.2 de dicho texto legal, solicitando se le impusiera la pena de cinco años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, prohibición por tiempo de cinco años de acercarse a Cristobal a menos de 300 metros en cualquier lugar en que se encuentre, domicilio, lugar de trabajo o que frecuente, así como comunicarse por cualquier medio, contacto escrito, verbal o visual, pago de las costas y a que indemnice a Cristobal en 70 Euros por cada uno de los siete días de hospitalización (490 Euros), 50 Euros por cada uno de los 30 días de curación (1.500 Euros) y 2.500 Euros por las secuelas, en total 4.490 Euros.
La defensa, en sus conclusiones definitivas, se mostró conforme con la petición del Ministerio Fiscal.
ÚNICO.- Sobre las 20'30 horas del día 21 de abril de 2006, Rodrigo, de 34 años (nacido el 2-11-71), conocido por "Tino", titular del D.N.I. NUM000, soltero, con domicilio en Lorca, antiguo consumidor de sustancias tóxicas por vía intravenosa, sin que presente en la actualidad signos ni síntomas de consumo agudo o de privación de dichas sustancias, y sin presentar tampoco ninguna alteración de sus facultades cognitivas ni volitivas, ejecutoriamente condenado desde 1.988 a 1.999 por doce delitos de robo con violencia/intimidación en las personas, catorce delitos de robo con fuerza en las cosas, dos delitos de amenazas, sendos delitos de resistencia, atentado, hurto y en libertad condicional acordada por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria Nº 1 de Ciudad Real, en la Alameda de la Constitución de Lorca se dirigió a Cristobal de...
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