SAP Madrid 115/2008, 28 de Febrero de 2008

PonenteJUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDES
ECLIES:APM:2008:2846
Número de Recurso120/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución115/2008
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9

MADRID

SENTENCIA: 00115/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO 115/08

RECURSO DE APELACION 120/2007

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don José Antonio Nodal de la Torre

Don José Luis Durán Berrocal

Don Juan Luis Gordillo Álvarez Valdés

En Madrid, a veintiocho de febrero de dos mil ocho.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de Juicio Verbal número 167/2006, procedentes del Juzgado de Primea Instancia número 9 de los de esta capital, a los que ha correspondido el Rollo 120/2007, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelado, DON Miguel, representado por la Procuradora Sra. Doña Montserrat Rodríguez Rodríguez; y de otra, como demandada y hoy apelante, SEGURCAIXA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por el Procurador Sr. Don Carlos Blanco Sánchez Cueto; sobre reclamación de cantidad.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. DON Juan Luis Gordillo Álvarez Valdés.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid, en fecha 21 de junio de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por D. Miguel contra Segurcaixa, S.A. de Seguros Y Reaseguros debo declarar y declaro que la demandada adeuda al actor la suma total de 2.655,58 Euros, condenado a la demandada al pago de la referida cantidad más los intereses moratorios previstos en el artículo 20 de la L.C.S. computados desde el auto de fecha 23/11/2004, con expresa imposición de costas a la parte demandada.".

Segundo

Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día 27 de febrero del año en curso.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan, en lo sustancial, los de la sentencia apelada.

Primero

Ante los motivos esgrimidos por la parte apelante, procede efectuar las siguientes consideraciones:

a)Respecto a la petición contenida en la demanda de ser condenada la aseguradora demandada al pago de 2.035,80 euros, importe fijado por el informe pericial emitido en los autos de jurisdicción voluntaria 798/2003 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 67 de Madrid, declarado vinculante por auto de de 23 de noviembre de 2004 (al folio 86 de los autos), constando en las actuaciones que dicha cantidad fue consignada en la cuenta del Juzgado citado el 23 de diciembre de 2004, la...

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