SAP Madrid 242/2008, 28 de Marzo de 2008

PonenteJOSE MARIA SALCEDO GENER
ECLIES:APM:2008:3582
Número de Recurso77/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución242/2008
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00242/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 77/2007

Ilmos. Sres. Magistrados:

JULIO CARLOS SALAZAR BENÍTEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

JOSÉ MARÍA SALCEDO GENER

En MADRID, a veintiocho de marzo de dos mil ocho.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 9/2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 37 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 77/2007, en los que aparece como parte apelante Enrique y Virginia, y como apelado COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 NUM000 - NUM001 DE MADRID, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don JOSÉ MARÍA SALCEDO GENER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 37 de Madrid, en fecha 13 de octubre de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: 1º Que estimando la demanda interpuesta en nombre y representación de Comunidad de Propietarios de la calle DIRECCION000 nº NUM000 y NUM001 de Madrid debo condenar y condeno a los demandados D. Enrique y Dª Virginia a pagar a la actora la cantidad de cuarenta y un mil doscientos sesenta y nueve euros con cuarenta y tres céntimos (41.269'43 euros). 2º Dicha cantidad devengará los intereses legales desde la fecha en que cada una de las cuotas debió ser abonada hasta su completo pago. 3º Las costas se imponen a la parte demandada.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la representación procesal de D. Enrique y Dª. Virginia se formula recurso de apelación frente a la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 37 de Madrid, de fecha 13 de octubre de 2006, presentando como alegaciones, tras exponer lo que considera hechos objeto de debate en el procedimiento, en primer lugar la excepción de falta de legitimación activa "ad procesum", ya formulada en la instancia, por entender que el Presidente de la Comunidad poderdante carece del cargo o representación que le permita su actuación procesal en esta reclamación, pues no era Presidente cuando se adoptó el acuerdo ni cuando se presentó la demanda; su segunda alegación es denunciando la nulidad del acuerdo tomado en la Junta de 17 de noviembre de 2004, al no haber sido convocados a esa Junta y no notificárseles el Acta. A continuación aducen error en la valoración de la obligación de contribuir a los gastos de consumo de agua y calefacción, pues debe excluirse a los locales de sus representados de los gastos de unos servicios comunitarios de los que no disfrutan y además la Comunidad de Propietarios no está dispuesta a autorizar las obras necesarias para realizar los enganches a la red general. Y por último se opone a los pronunciamientos de la sentencia sobre intereses y costas procesales. Finaliza solicitando la revocación de la sentencia de instancia y que se dicte otra desestimando íntegramente la demanda.

La oposición a dicho recurso se llevó a cabo por la representación procesal de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS...

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