SAP Alicante 65/2006, 13 de Febrero de 2006
Ponente | MARIA CRISTINA TRASCASA BLANCO |
ECLI | ES:APA:2006:266 |
Número de Recurso | 406/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 65/2006 |
Fecha de Resolución | 13 de Febrero de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª |
SENTENCIA NÚM. 65
Iltmos. Sres.:
Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero
Magistrada: Dª Teresa Serra Abarca
Magistrada: Dª Cristina Trascasa Blanco
En la ciudad de Alicante, a trece de febrero de dos mil seis.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 408/04 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 9 de Alicante , y de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante, D. David , representado por el Procurador D. Fernando Fernández Arroyo y dirigido por el Letrado D. Vicente José García Gil, habiendo intervenido por ello dicho demandante en esta alzada en su condición de recurrente; siendo apelada la parte demandada DIRECCION000 DE ALICANTE, representada por el Procurador D. Carlos Roger Belli y dirigida por el Letrado D. Antonio Gascón Castillo.
En los autos de Juicio Ordinario Nº 408/04 del Juzgado de Primera Instancia Nº 9 de Alicante, se dictó Sentencia de fecha 13 de enero de 2005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Desestimar la demanda interpuesta por el procurador Sr. Fernández Arroyo, en representación del demandante D. David , contra la C. DIRECCION000 de Alicante, representado por el procurador Sr. Roger Belli, absolviendo a la Comunidad demandada de todo pedimento de la demanda. Se imponen las costas al demandante".
Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la referida demandante; y tras tenerlo por preparado, presentó su escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a la parte demandada, que presentó escrito de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal donde fue formado el Rollo número 406-A/05, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día de 31 de enero de 2006, en que ha tenido lugar.
En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales, siendo Ponente la Magistrada Iltma. Dª Cristina Trascasa Blanco.
Alega, en esencia, la apelante en defensa de su recurso, que la inadmisión de la prueba de interrogatorios que había propuesto en la primera instancia ha generado indefensión a dicha parte y al haberle impedido acreditar la concurrencia de los motivos de nulidad que alegaba en su demanda y, en particular, que los mismos determinaban la inexistencia de los acuerdos impugnados; combatiendo por elloel pronunciamiento de la sentencia apelada que tiene por caducada la acción de impugnación que motiva el pleito por entender que el mismo no es de aplicación a los acuerdos radicalmente nulos o inexistentes y porque, en todo caso, el plazo de caducidad sólo puede empezar a computarse desde la notificación de los mismos con las formalidades previstas en el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal , siendo que la parte actora, se dice, no tuvo conocimiento de los acuerdos hasta la práctica de la diligencia preliminar interesada en preparación de este juicio.
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