SAP Pontevedra 156/2007, 8 de Marzo de 2007

PonenteMAGDALENA FERNANDEZ SOTO
ECLIES:APPO:2007:721
Número de Recurso3119/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución156/2007
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00156/2007

Rollo Civil núm. 3119/06

Procedimiento Origen: Juicio ordinario 484/05

Órgano Procedencia: Juzgado 1ª Instancia núm. 9 de Vigo

LA SECCION SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA CON SEDE EN VIGO,

compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados, DON JUAN MANUEL ALFAYA OCAMPO, D. JULIO PICATOSTE BOBILLO y Dª. MAGDALENA FERNANDEZ SOTO, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

S E N T E N C I A nº 156

En Vigo, a ocho de marzo de dos mil siete.

VISTO en grado de apelación ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, los autos de Juicio ordinario 484/05, procedente del Juzgado de Primera Instancia Número 9 de Vigo, al que ha correspondido el Rollo nº 3119/06, en el que aparece como parte Apelante Comunidad de Propietarios C/ TRAVESIA000 nº NUM000, representado por el procurador Sra. Pérez Crespo y asistida por el letrado Dª. María Ramos Pérez Crespo y como parte apelada Dª. Juana, representados por el procurador Sr. Alvarez Buceta, y asistidos por el letrado D. José Manuel Olivares Mozo ; siendo el Magistrado ponente la Ilma. Sra. Dª. MAGDALENA FERNANDEZ SOTO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Número 9 de Vigo, con fecha dos de noviembre de 2005, se dictó Sentencia cuyo Fallo textualmente dice:

" Que estimando íntegramente la demanda presentada por Juana contra la Comunidad de propietarios del edificio de la TRAVESIA000 nº NUM000, declaro la nulidad del acuerdo adoptdo en Junta extraordinaria celebrada el 15 de octubre de 2004 y condeno a la demandada a realizar las actuaciones necesarias para reestablecer la situación anterior a las obras efectuadas a raíz de este acuerdo, imponiéndole expresamente las costas".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia la apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ TRAVESIA000 Nº NUM000, interpuso recurso de apelación, y por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso, los que fueron admitidos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Sala.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La única cuestión controvertida a resolver en este recurso está referida a si procede mantener la declaración de nulidad, por falta del régimen de unanimidad, del acuerdo adoptado en Junta de Propietarios celebrada el día 15 de septiembre 2003, por el que se aprobó el otorgamiento de un contrato con Telefónica Móviles España, S.A., en el que se cedía en arrendamiento la cabina del ascensor situada en la última planta del edificio, para instalar sobre la misma una antena de telecomunicaciones, así como el espacio necesario para sus elementos y accesorios.

SEGUNDO

La apelante invoca a su favor el art. 17, regla 1ª LPH en el inciso en virtud del cual se establece que "El arrendamiento de elementos comunes que no tengan asignado un uso específico en el inmueble requerirá igualmente el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, así como el consentimiento del propietario directamente afectado, si lo hubiere", de manera que el acuerdo adoptado, no estaría sometido al régimen excepcional de la unanimidad, en tanto que, como a su juicio se infiere de la prueba practicada, lo cedido en arrendamiento no afecta a la...

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