SAP Teruel 85/2003, 6 de Mayo de 2003

PonenteFERMIN FRANCISCO HERNANDEZ GIRONELLA
ECLIES:APTE:2003:112
Número de Recurso60/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución85/2003
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Teruel

D. José Antonio Ochoa FernándezD. Fermín Hernández GironellaDª. Dª. María Teresa Rivera Blasco

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TERUEL

ROLLO DE APELACION CIVIL 60/2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE TERUEL

S E N T E N C I A Nº: 85

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE:

D. José Antonio Ochoa Fernández

MAGISTRADOS:

D. Fermín Hernández Gironella

Dª. María Teresa Rivera Blasco

En la ciudad de Teruel a seis de Mayo de dos mil tres.

La Audiencia Provincial de Teruel, integrada para este asunto por los Magistrados anotados al margen ha examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Teruel de fecha catorce de Enero de dos mil tres, dictada en autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 215/2002, sobre Propiedad Horizontal, a instancia de Dª.

Catalina

, representada por el Procurador D. Luis Barona Sanchís y defendida por el letrado D. Miguel Redón Esteban, contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL INMUEBLE NUMERO NUM000

DE LA CALLE000

, representada por el Procurador D. Manuel Angel Salvador Catalán y defendida por el letrado D. Carlos Muñoz Obon. Ha sido parte apelante la demandada "Comunidad de Propietarios del Inmueble Número NUM000

de la CALLE000

", y apelada la actora Dª. Catalina

, ambas representadas en esta instancia por los mismos Procuradores que ostentaron su representación en la primera, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Fermín Hernández Gironella que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Se aceptan y dan por reproducidos en la presente resolución los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literalsiguiente: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Luis Barona Sanchís, en nombre y representación de Dª.

    Catalina

    , debo declarar y declaro que el acuerdo adoptado por la Comunidad de Propietarios demandada en fecha 17 de Mayo de 2002, por el que se aprueba por mayoría la modificación del reparto de cuotas para el coste de la obra de instalación del ascensor y mantenimiento del mismo, es contrario a la Ley de Propiedad Horizontal, al Título Constitutivo de la Comunidad de Propietarios, y supone un grave perjuicio a la parte actora, y en consecuencia debo declarar y declaro nulo el mismo, dejándolo sin efecto, con imposición de costas a la demandada".

    II.-Contra la referida sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la demandada "Comunidad de Propietarios del Inmueble Número

    NUM000

    de la CALLE000

    ", interesando la revocación de la sentencia apelada, para que se dictase otra por la que desestimasen en su integridad los pedimentos de la demanda.

    III.-El Juzgado de Primera Instancia tuvo por formalizado el recurso de apelación en providencia de fecha cinco de Marzo de dos mil tres, en el que se acordaba dar traslado del escrito de interposición a las demás partes por diez días; presentando dentro de dicho plazo la representación de la actora Dª.

    Catalina

    escrito oponiéndose al recurso y solicitando la desestimación del mismo y la confirmación de la resolución recurrida.

  2. Elevadas las actuaciones a este Tribunal, que las recibió en fecha veintiséis de Marzo dos mil tres, se acordó la formación del oportuno rollo, procediéndose en el mismo a la designación de Magistrado Ponente, y no habiéndose solicitado por ninguna de las partes la práctica de prueba en esta instancia, ni estimándose necesaria la celebración de vista, se acordó señalar para la deliberación y votación del mismo el día de la fecha, tras lo cual quedaron los autos en poder del ponente para dictar la resolución acordada por la Sala.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I.-Frente a la sentencia de instancia, que estimando la pretensión principal de la demanda, declara la nulidad del acuerdo adoptado por la Comunidad de Propietarios demandada, al estimar que, al modificar la cuota de participación, fijada en el Titulo de Constitución de la comunidad para cada uno de los...

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