SAP Sevilla 10/2004, 16 de Enero de 2004

PonenteMiguel Carmona Ruano
ECLIES:APSE:2004:163
Número de Recurso7585/2003
Número de Resolución10/2004
Fecha de Resolución16 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª

D. MIGUEL CARMONA RUANOD. PEDRO IZQUIERDO MARTÍNDª. Dª. MARÍA DEL ROSARIO MARTÍN RODRÍGUEZ

Rollo 7585/2003

Jdo. Penal 2 de Sevilla

Causa 293/2003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA NÚM.10/2004_____Magistrados: Ilmos. Srs.

DON MIGUEL CARMONA RUANO

DON PEDRO IZQUIERDO MARTÍN

DOÑA MARÍA DEL ROSARIO MARTÍN RODRÍGUEZ

En Sevilla, a dieciseis de enero de dos mil cuatro.

La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Sevilla, compuesta por los citadosMagistrados, ha visto el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Sevilla contra la sentencia dictada el 8 de octubre de 2003 por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Sevilla, en causa penal 293/2003.

Ha sido parte el Ministerio Fiscal y el Ayuntamiento de Sevilla, y ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL CARMONA RUANO.

ANTECEDENTES
PRIMERO

En la fecha indicada, el Juzgado de lo Penal dictó sentencia por la que absolvía a D. Bruno de los delitos de hurto y alternativamente de apropiación indebida de los que se le acusaba y se declaraban las costas de oficio.

En ella se declaraban probados los siguientes HECHOS:

"El inculpado, agente de la policía local núm. NUM000 , Bruno , mayor de edad, sin antecedentes penales, en fecha que no consta con exactitud pero que se puede situar sobre el 13 de diciembre de 2000, se llevó a su domicilio un radio transmisor portátil- valorado en 509,84 euros- del Distrito VI de la Policía Local de Sevilla.

Sobre las 13,55 horas del día 18.09.03 el inculpado, voluntariamente , entregó a la Policía el radio transmisor, incluida antena y batería, radio que a su vez ha sido entregada a la Unidad de Transmisiones de la Policía."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, el Letrado del Ayuntamiento de Sevilla interpuso contra ella recurso de apelación, en el que pedía la condena del denunciado en los términos de la acusación, en la que se había pedido la condena por los delitos indicados a la pena de seis meses de prisión.El Juzgado admitió el recurso y dio traslado de él a las demás partes.

La procuradora D.ª Salomé del Nido Mateo, en representación del acusado, a quien defiende el abogado D. Juan C. Vázquez Vicente, solicitó la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia absolutoria.

El Ministerio Fiscal no se ha pronunciado sobre el recurso.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial y turnadas a esta Sección, se estimó necesaria la convocatoria de una vista pública, ala que fue citado el acusado.

En la vista, a la que no acudió personalmente el acusado, las partes informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones.

ACEPTAMOS los que declara probados la sentencia impugnada, tal como han sido transcritos, con la única modificación de suprimir la expresión "valorado en 509,84 euros" y sustituirla por "cuyo valor no se ha probado".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

No podemos coincidir con el fundamento de la sentencia dictada, en la que tras declararse probado que el acusado se llevó a su casa un radio transmisor portátil, propiedad del Ayuntamiento de Sevilla, se le absuelve al no apreciarse ánimo de lucro.

El error parte de identificar ánimo de lucro con intención de integrar la cosa sustraída en el patrimonio del autor. Es cierto que el Tribunal Supremo, en sentencias como la núm. 297/2000, de 22 de febrero, ha definido el ánimo de lucro como "la intención del sujeto de obtener una ventaja patrimonial mediante la incorporación a su patrimonio de una cosa ajena" (f.j. 3), aunque luego realice actos de liberalidad con el bien adquirido. De ello deduce el Alto Tribunal que el ánimo de usar una cosa mueble ajena es atípico, salvo que exista una tipicidad concreta como ocurre en el art. 244 del Código Penal en relación con los vehículos de motor.

Esta identificación de ánimo de lucro con incorporación al patrimonio la obtiene el Tribunal Supremo, en la sentencia citada, de la descripción del delito de robo en el art. 237 del Código Penal, para la que se emplea el término "apoderar", verbo que en el Diccionario de la Real Academia significa "hacerse dueño de una cosa". Entiende, por ello, que el delito de robo, y el de hurto, requieren una incorporación al patrimonio propio del bien mueble desde cuya situación se obtienen ventajas patrimoniales.

Ahora bien, lo resuelto en esta sentencia que se cita no refleja realmente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
7 sentencias
  • SAP Cuenca 4/2022, 11 de Enero de 2022
    • España
    • 11 January 2022
    ...se persigue, (y en tal sentido se pronuncia, como simple ejemplo, la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección 1ª, en Sentencia de 16.01.2004, recurso 7585/2003, cuyo criterio compartimos). Y dicha cuestión jurídica viene a consistir en lo siguiente, (lo cual resulta totalmente aplicable al ......
  • SAP Cuenca 63/2022, 26 de Abril de 2022
    • España
    • 26 April 2022
    ...el acusado, (y en tal sentido se pronuncia, como simple ejemplo, la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección 1ª, en Sentencia de 16.01.2004, recurso 7585/2003, cuyo criterio compartimos). Pues bien, los hechos deben incardinarse en el tipo básico del delito de lesiones del artículo 147.1 de......
  • SAP Cuenca 53/2022, 31 de Marzo de 2022
    • España
    • 31 March 2022
    ...condenado (y en tal sentido se pronuncia, como simple ejemplo, la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección 1ª, en Sentencia de 16.01.2004, recurso 7585/2003, cuyo criterio compartimos) debiendo incardinarse en el tipo básico del Delito de Lesiones del art. 147.1 del mismo Cuerpo El subtipo ......
  • SAP Cuenca 132/2021, 20 de Octubre de 2021
    • España
    • 20 October 2021
    ...se persigue, (y en tal sentido se pronuncia, como simple ejemplo, la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección 1ª, en Sentencia de 16.01.2004, recurso 7585/2003, cuyo criterio compartimos), procede la estimación del recurso y, por tanto, debe absolverse a D. Cipriano del delito continuado de......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR