SAP Barcelona 224/2008, 25 de Marzo de 2008
Ponente | MARIA DOLORES BALIBREA PEREZ |
ECLI | ES:APB:2008:2533 |
Número de Recurso | 146/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 224/2008 |
Fecha de Resolución | 25 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
BARCELONA
SECCION SEXTA
ROLLO Nº 146/07
JUICIO DE FALTAS Nº 667/07
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 5 DE BARCELONA
S E N T E N C I A Nº
Ilma. Sra. Magistrada
Dª Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ
En la ciudad de Barcelona a 25 de Marzo de dos mil ocho.
La sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida con la Ilma. Sra. referenciada al margen, ha visto, en grado de apelación, el presente Juicio de Faltas, seguido al número 667/07 por el Juzgado de Instrucción número 5 de los de Barcelona por una falta de hurto, en el que fueron partes Germán como denunciante y Carlos Francisco como denunciado, cuyas demás circunstancias personales obran referenciadas en autos, y, el Ministerio Fiscal en ejercicio de la acusación pública, estando dicho procedimiento pendiente ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por el denunciado, contra la Sentencia dictada en primera instancia de fecha 23-7-2007.
A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
La parte dispositiva de la Sentencia recurrida es del tenor literal siguiente:
FALLO: Que debo condenar y condeno a Carlos Francisco como autor criminalmente responsable de una falta de hurto, a la pena de multa de cincuenta días con cuota diaria de seis euros, y en caso de que no la hiciere efectiva voluntariamente o por la vía de apremio en el plazo de siete días desde la firmeza de la sentencia se establece una responsabilidad personal subsidiaria de UN DÍA de privación de libertad por cada dos cuotas que deje de abonar y al pago de las costas procesales.
Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por el dneunciado, que fue admitido y se le dio el trámite correspondiente por el propio instructor, elevándose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia para la resolución del recurso.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales, con excepción del plazo para dictar sentencia por el exceso de trabajo que pesa sobre esta Sección.
NO SE ACEPTA la declaración de hechos probados contenida en la Sentencia apelada.
NO SE ACEPTAN los de la sentencia apelada.
Se formula recurso de apelación contra la sentencia condenatoria del denunciado alegando, como primer motivo, el quebrantamiento de las normas y garantías procesales por haberse celebrado el juicio sin estar debidamente citado el denunciado y sin habérsele enterado de la existencia...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba