AAP Madrid 485/2003, 16 de Octubre de 2003
ECLI | ES:APM:2003:11268 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 485/2003 |
Fecha de Resolución | 16 de Octubre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª |
D. ENRIQUE MARUGAN CID
SECRETARIO DE LA SALA
ROLLO AP.- 309/03 RP
JUICIO ORAL.- 181/03
JDO. PENAL.- 10-MADRID
SENTENCIA NÚMERO 485
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA
D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS
Dª. Mª PILAR ABAD ARROYO
D. EDUARDO MARTINEZ OCHOA
---------------------------------------------------- Madrid a 16 de octubre de 2003.
Vistos por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en grado de
apelación, el Juicio Oral nº 181/03 procedente del Juzgado de lo Penal número 10 de los de esta
Capital y seguido por delito de hurto de uso de vehículo de motor; siendo partes en esta alzada
como apelante Zurich España S.A. representado por el Procurador Sr. Olivares de Santiago y
como apelado
el Ministerio Fiscal y Ponente el Magistrado DÑA. Mª PILAR ABAD ARROYO.
Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 14 de julio de 2003 cuyo FALLO decretó: " QUE DEBO CONDEANR Y CONDENO a, Bartolomé , ya circunstanciado, como autor penalmente responsable de un delito de hurto de uso del art. 244.1º del Código Penal, a la pena de 4 MESES MULTA con una cuota diaria de 3 euros con la responsabilidad personal subsidiaria caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de la multa no abonadas. Costas derivadas de este delito. Indemnizará a Tomás en 991,67 euros, declarándose la responsabilidad civil directa de la compañía Zurich España S.A.. Le debo absolver y absuelvo del delito contra la seguridad del tráfico, declarándose de oficio las costas de él derivadas ".
Notificada la referida Sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación Zurich España S.A., que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días a las demás partes, presentándose por el Ministerio Fiscal escrito de impugnación por considerar la sentencia ajustada a derecho.
Elevadas las actuaciones a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial se formó el Rollo de Sala nº 309/03; y dado el trámite legal, se señaló conforme al artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal día para deliberación, votación y fallo en Sala, lo que tuvo lugar el 15 de octubre de 2003, declarándose los autos vistos para sentencia.
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HECHOS PROBADOS
Se aceptan y se dan por reproducidos los que en la sentencia de instancia se declaran probados.
Alega...
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