SAP Madrid 287/2007, 18 de Abril de 2007

PonenteELENA MARTIN SANZ
ECLIES:APM:2007:7853
Número de Recurso53/2007
Número de Resolución287/2007
Fecha de Resolución18 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

ROLLO R. P. 53/07

JUZGADO DE LO PENAL Nº 18 DE MADRID

P. A. Nº 552/06

SENTENCIA Nº 287/07

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILMOS. SRES. DE LA SECCION 23ª

D. RAFAEL MOZO MUELAS

D. JESUS EDUARDO GUTIERREZ GÓMEZ

Dª. ELENA MARTIN SANZ

En Madrid, a 18 de Abril de 2007.

VISTO, en segunda instancia, ante la Sección 23ª de esta Audiencia Provincial, Juicio Oral 552/06, procedente del Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid, seguido por un delito de hurto, contra el inculpado Emilio, venido a conocimiento de esta Sección, en virtud de recurso de apelación, interpuesto en tiempo y forma por la representación del inculpado, contra la sentencia dictada por el referido Juzgado, con fecha 24 de julio de 2006.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como HECHOS PROBADOS que: " Emilio, nacido el 18-2-64 mayor de edad y sin antecedentes penales, y Luis Francisco, nacido el 21-7-70, mayor de edad y sin antecedentes penales el día 23 de marzo de 2004 aproximadamente sobre las 23:15 horas, de común acuerdo y la finalidad de obtener un beneficio ilícito, acudieron en el vehículo marca Nissan Trade matrícula G-....-GG propiedad de Ángela, la cual se lo había prestado en uso, a una obra sita en el ensanche de Vallecas en la M-45 km 12,5 de Madrid, donde se apoderaron de 50 apoyos pie de prendil de obra valorados en 450 euros, que cargaron en el citado vehículo, pero huyeron abandonando el mismo2.

Y el FALLO es de tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Emilio y a Luis Francisco como autores responsables criminalmente de un delito de hurto en grado de tentativa prevenido en el art. 234 (redacción anterior a la LO 15/03 ), en relación con los arts 16 y 62, del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, imponiéndole la pena de 3 meses y un día de prisión a cada uno de ellos, y de conformidad con lo establecido en el art. 56 del dicho texto lega, con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y con expresa imposición de las costas procesales".

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ELENA MARTIN SANZ que expresa el parecer de la Sala.

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones en esta Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, señaló para deliberación el día 17 de abril de 2007.

FUNDAMENTOS DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR