SAP León 121/2006, 30 de Marzo de 2006

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Marzo 2006
EmisorAudiencia Provincial de León, seccion 1 (civil)
Número de resolución121/2006

MANUEL GARCIA PRADAALFONSO LOZANO GUTIERREZTEODORO GONZALEZ SANDOVAL

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LEON

SENTENCIA: 00121/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LEON

Sección nº 001

Rollo : 0005103 /2006 PENAL

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de LEON

Proc. Origen: PIEZA DE PENSION PROVISIONAL nº 0000372 /2005

Modelo: 60240

S E N T E N C I A Nº 121/06

ILMOS. SRES.:

D. MANUEL GARCÍA PRADA.- Presidente

D. ALFONSO LOZANO GUTIÉRREZ.- Magistrado

D. TEODORO GONZÁLEZ SANDOVAL.- Magistrado

En la ciudad de León a treinta de Marzo de dos mil seis.

VISTOS ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia provincial en grado de Apelación, los autos de Procedimiento Abreviado nº 372/05 del Juzgado de lo Penal nº 1 de León , habiendo sido partes de una como apelante Carlos; siendo parte EL MINISTERIO FISCAL, actuando como Ponente el ILMO. SR. D. ALFONSO LOZANO GUTIÉRREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 16 de Enero de 2006 se dictó por el Juzgado de lo Penal nº 1 de León Sentencia cuyos Hechos Probados son del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS.- SE DECLARA PROBADO que el acusado Carlos mayor de edad, anterior y ejecutoriamente condenado por delitos de robo con fuerza en las cosas y tenencia ilícita de armas sin que hayan quedado cancelados los antecedentes penales originados por dichas condenas, perpetró, entre junio de 2002 y mayo de 2005, los siguientes hechos:.- PRIMERO.- En la tarde del día 30 de junio de 2002, el acusado, con ánimo de apoderarse de efectos de valor económico, en la localidad de La Utrera, entró en la vivienda de Cecilia, sita en la CALLE000 de dicha localidad, aprovechando la circunstancia de que su propietaria se había ausentado con su familia dejando las llaves puestas en la puerta de entrada. Al advertir el regreso de los moradores de la vivienda el acusado se escondió debajo de un canapé, donde fue encontrado por un sobrino de la propietaria, marchando de la casa tras intimidar a ésta y a su familia con un arma no identificada, sin contestar a los requerimientos que se le dirigían para que diese justificación de la entrada ilegal, tras haberse apoderado de objetos de escaso valor que llevó consigo en su huída.- SEGUNDO.- Entre las diez horas del día 14 de julio y las 21 horas del 15 de julio de 2003, tras romper un cristal de una de las ventanas de la vivienda de Don Marcelino, en la localidad de Piedrasecha penetró en su interior y tras resolver las distintas dependencias de la casa se apoderó de un revólver calibre 38, marca Astra, modelo 250, nº NUM000, en estado adecuado para su uso inmediato, así como de comida y utensilios de cocina, valorados por el propietario en doscientos treinta y seis euros (236 ¤). Los daños los ha valorado en seis euros (6 ¤).- TERCERO.- Sobre las 20:30 horas del día 24 de mayo de 2005 el acusado fue detenido por la Guardia Civil en la orilla del río Duerma en la localidad de Ribas de la Valduerna, teniendo en su poder el revolver calibre, 38, marca Astra, anteriormente referenciado, junto con cinco cartuchos del calibre 38. Este revolver presentaba todos sus mecanismos en buen estado de funcionamiento, estando legalizado a nombre de Don Marcelino.

La parte dispositiva de la mencionada Sentencia es del tenor literal siguiente: FALLO.- 1º.- Debo condenar y condeno a Don Carlos, como autor de un delito de hurto en grado de tentativa ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de TRES MESES DE PRISIÓN con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.- 2º Debo condenar y condeno a Don Carlos, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en casa habitada, con apreciación de la agravante de reincidencia, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.- 3º.- Debo condenar y condeno a Don Carlos, como autor de un delito de tenencia ilícita de armas, con apreciación de la agravante de reincidencia, la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Dono Carlos como autor criminalmente responsable de un delito.- 4º.- Debo condenar y condeno a Don Carlos a indemnizar a Don Marcelino en la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS (242 ¤) por los objetos sustraídos y perjuicios causados.- 5º.- Debo acordar y acuerdo hacer entrega definitiva a Don Marcelino del revolver calibre 38, marca Astra, modelo 250, Nº NUM000, de su propiedad.- 6º.- Debo decretar y decreto el comiso de los cinco cartuchos calibre 38 hallados en poder del penado en el momento de su detención, a los cuales se dará el destino legal.- 7º.- Debo condenar y condeno a Don Carlos al PAGO DE LAS COSTAS del presente Procedimiento Abreviado. Practíquese, al tiempo de realizar la liquidación de las penas privativas del libertad impuestas al reo, el pertinente abono de los días de detención y de prisión preventiva que resulten de la pieza separada de situación personal.

SEGUNDO

Contra la mencionada sentencia se interpuso por la parte apelante recurso de apelación dándose traslado del mismo a las demás partes a fin de que puedan impugnarlo o adherirse.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala de la Audiencia se les dio número de Rollo y seguidos los trámites legales se señaló día para deliberación y fallo.

SE ACEPTA el relato probatorio de instancia EXCEPTO el SEGUNDO de ellos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

SE ACEPTAN los de la resolución de instancia EXCEPTO los referentes a la valoración probatoria, incardinación punitiva, autoría y demás de los hechos del día 15 de julio de 2.003.

SEGUNDO

Se conoce en apelación por el Tribunal la Sentencia dictada el día 16 de Enero del presente año por el Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo Penal nº 1 de esta ciudad en el Procedimiento Abreviado nº 372/05 procedente del Juzgado de Instrucción nº 1 de La Bañeza por el que se condena como autor de andelito de hurto en grado de tentativa, un...

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