AAP Madrid 114/2003, 11 de Noviembre de 2003
ECLI | ES:APM:2003:12410 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 114/2003 |
Fecha de Resolución | 11 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª |
Expediente de Fiscalía nº 732/2002
Expediente del Juzgado nº 110/2002
Juzgado de Menores nº 5 de Madrid
Rollo de Sala nº 215/2003
ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU
MAJESTAD EL REY, la siguiente:
S E N T E N C I A Nº 114/2003
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID )
ILMOS SRES. SECCIÓN CUARTA
)
Presidente
)
D ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ
Magistrados
)
Dª Mª PILAR OLIVÁN LACASTA
D PASCUAL FABIÁ MIR
En Madrid, a once de noviembre de dos mil tres.
VISTO en segunda instancia ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación contra la sentencia de 27 de septiembre de 2003 dictada por el Juzgado de Menores nº 5 de Madrid en el Expediente nº 110/2002; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso, como apelante el menor Clemente, defendido por el Letrado D. Miguel Rivas González y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ .
El Juzgado de Menores dictó sentencia en el expediente indicado, cuyo relato de hechos probados y parte dispositiva son como sigue:
"HECHOS PROBADOS.- Valorando en conciencia la prueba practicada en la audiencia, resulta probado y así se declara que el pasado día 14 de agosto de 2001, el menor Clemente, en cuanto nacido el 17 de diciembre de 1985, sobre las 2,00 horas fue sorprendido por miembros de la Policía Nacional mientras circulaba abordo de un vehículo marca Opel Kadett GSI color negro, matrícula Y-...., a la altura de la C/ Matilde Hernández con C/ Cañete, que venía utilizando en su beneficio sin la autorización de su dueño y habiendo encontrado con las cerraduras de las puertas fracturadas y el puente hecho. El vehículo figuraba como sustraído por su propietario desde el 13 de agosto de 2001, habiendo sido tasado su valor venal pericialmente en 721,21 E y los daños que presentaba en 294,49 E".
"FALLO.- Se impone al menor Clemente, ya circunstanciado, como autor responsable de un delito de hurto de uso de vehículo de motor la medida de seis meses de libertad vigilada con el contenido a determinar en ejecución de sentencia".
Contra dicha resolución la defensa del menor interpuso el recurso de apelación, alegando infracción de ley por aplicación indebida del art. 244.1 C.P., en relación con una vulneración del principio de legalidad de los arts. 9.3 y 25.1 CE y del derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24 CE, interesando la libre absolución de su defendido.
Admitido el recurso y efectuado el correspondiente traslado al Ministerio Fiscal, quien lo impugnó, se elevaron los autos originales a este Tribunal, formándose el oportuno rollo de Sala, señalándose para el día 10 de los corrientes para la celebración de la vista.
En la vista, la defensa del menor informó en apoyo de sus pretensiones, a las que se opuso el Ministerio Fiscal.
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HECHOS PROBADOS
Se aceptan los contenidos en la sentencia impugnada.
Antes de analizar la infracción de ley, debe señalarse que en contra de lo que se afirma en el recurso, el menor en la...
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