SAP Murcia 191/2003, 26 de Julio de 2003

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2003:1996
Número de Recurso180/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución191/2003
Fecha de Resolución26 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

SENTENCIA nº 1 9 1 / 2 0 0 3

Ilmos. Sres.

Don Abdón Díaz Suárez

Presidente

Dª María Jover Carrión

Don Fernando López del Amo González

Magistrados

En Murcia, a veintiséis de julio de dos mil tres.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION SEGUNDA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 180/2003, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Cinco, entre las partes: como actora Pedro Enrique , representada por el Procurador Sr/a. Gómez Gras y defendida por el Letrado Sr/a. Perales Sánchez, y como demandada Seguros Catalana de Occidente, S.A., representada por el Procurador Sr/a. Aledo Martínez y defendida por Letrado.

En esta alzada actúa como apelante Pedro Enrique y como apelada Seguros Catalana de Occidente, S.A. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 17 de enero de 2003 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Desestimando la demanda interpuesta por D. Pedro Enrique contra Seguros Catalana Occidente S.A. de Seguros y Reaseguros S.A., debo:

1)Absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos de la demanda.2)Imponer las costas del juicio a la actora".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de Pedro Enrique al no estar conforme con la sentencia, siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que presentó escrito oponiéndose al recurso y solicitando su confirmación.

Elevados los autos originales a esta Audiencia se formó el oportuno Rollo por la Sección Segunda con el nº 180/2003, señalándose el día 21 de julio de 2.003 para deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juez de Instancia dictó sentencia desestimando la demanda formulada por Pedro Enrique contra Seguros Catalana de Occidente, S.A. en reclamación de cantidad derivada de los perjuicios ocasionados por las lesiones causadas al resbalarse en el patio exterior de una vivienda en virtud de la póliza de seguros de responsabilidad civil concertada entre la aseguradora demandada y el tomador del seguro.

La parte demandante recurre tal resolución por estimar que la misma no es ajustada a derecho al apreciarse negligencia en el dueño de la vivienda.

SEGUNDO

Esta Sala ya se ha pronunciado en reiteradas ocasiones sobre el criterio seguido por el Tribunal Supremo en relación con la responsabilidad aquiliana o extracontractual del artículo 1902 del Código Civil que el principio de la responsabilidad por culpa es básico en nuestro ordenamiento positivo y por tanto requiere un reproche culpabilístico sobre el eventual responsable del resultado...

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