SAP Murcia 33/2007, 8 de Marzo de 2007

PonenteJAIME GIMENEZ LLAMAS
ECLIES:APMU:2007:641
Número de Recurso107/2007
Número de Resolución33/2007
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00033/2007

SENTENCIA Nº 33/07

En la Ciudad de Murcia, a ocho de marzo del año dos mil siete.

El Ilmo. D. Jaime Giménez Llamas, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Ciudad, ha visto en grado de apelación el presente Rollo formado con el número 107/2007, por virtud del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número Cuatro de Murcia, en procedimiento de Juicio de Faltas número 486/06, seguido por lesiones en tráfico por imprudencia, en el que han sido partes, como denunciante Alexander asistido del Letrado Sr. García Martínez, como denunciado Daniel y como responsable civil directa la Compañía Aseguradora Mutua Valenciana Automovilística.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 21 de Noviembre de 2.006 y en el Juicio de Faltas registrado bajo el número 486/06, el Juzgado referido dictó sentencia en la que se declaran hechos probados los siguientes: "De lo actuado en juicio ha quedado probado y así se declara expresamente que el día 24 de febrero de 2.006, sobre las 20:00 horas y, como quiera que Daniel, quien conducía el turismo Ford Mondeo, DO-....-DK y, en el que viajaba como ocupante Alexander, por la A-7, lo hiciera sin respetar la distancia mínima de seguridad entre vehículos y, sin prestar la debida atención a las características de la circulación, colisionó por alcance con el vehículo que le precedía en su mismo sentido de circulación a la altura de la entrada de Cabezo de Torres.

Que consecuencia del accidente, Alexander sufrió luxación acromioclavicular grado I, de la que tardó en sanar 60 días, todos ellos con impedimento para sus ocupaciones habituales, no restándole secuela alguna.

Se han acreditado gastos de rehabilitación por importe de 630 euros"

En su parte dispositiva, dicha resolución, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Daniel como autor de una falta de imprudencia leve prevista y penada en el artículo 621.3 del Código Penal a la pena de quince días multa a razón de tres euros de cuota diaria, con la responsabilidad personal subsidiaria prevista legalmente, pago de las costas procesales si las hubiere, y a que indemnice a Alexander en la cantidad de tres mil quinientos setenta y uno euros con ocho céntimos (3.571,8 euros), desglosadas en los conceptos reseñados en el fundamento de derecho tercero, dándose íntegramente por reproducido. Cantidades de cuyo pago responde como responsable civil directa la compañía MUTUA VALENCIANA AUTOMOVILISTA, S.A. quien asimismo viene obligada a abonar el interés legal incrementado en el 50% desde la fecha del siniestro hasta su competo pago."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, por el denunciante Alexander se interpuso recurso de apelación. Del mismo se dio traslado a la parte contraria, oponiéndose la Compañía Aseguradora solicitando la confirmación de la sentencia. Tras dicho trámite...

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