SAP Burgos 240/2007, 4 de Junio de 2007

PonenteMARIA ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR
ECLIES:APBU:2007:382
Número de Recurso194/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución240/2007
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00240/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio: SAN JUAN 2

Telf: 947274394

Fax: 947279452

Modelo: SENTENCIA

N.I.G.: 09059 38 1 2007 0000392

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000194 /2007

Juzgado procedencia: JDO.DE 1A.INSTANCIA N.2 de BURGOS

Procedimiento de origen: INCIDENTES 0001164 /2006

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres.

Magistrados, D. JUAN SANCHO FRAILE, Presidente, Dª ARABELA GARCIA ESPINA, y Dª

MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, ha dictado la siguiente.

S E N T E N C I A Nº 240.

En Burgos, a cuatro de junio de dos mil siete.

VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 194 de 2.007, dimanante del incidente número 1164/06, del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Burgos, sobre impugnación de tasación de costas, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 23 de febrero de 2.007, en el que han sido partes, en esta segunda instancia, como demandantes-apelados, D. CONSTANCIO y D. Víctor, representados por la Procuradora Dª Victoria Llorente Celorrio y defendidos por la Letrada Dª Yolanda Vizcarra Ramos; y, como demandados-apelantes, D. Felix y D. Carlos Antonio, representados por el Procurador D. Diego Aller Krahe y defendidos por el Letrado D. Miguel Aller Krahe. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente

    FALLO

    "Que debo desestimar y desestimo la impugnación de la tasación de costas por indebidas presentada por el Procurador Sr. Aller Krahe, en nombre y representación de los hermanos Carlos Antonio Felix, con expresa imposición de las costas a la parte impugnante".

  2. - Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación de los demandados se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a la parte contraria, para que en el término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución, lo verificó en tiempo y forma, oponiéndose al recurso mediante escrito que consta en las actuaciones; acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. - Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 22 de mayo pasado, en que tuvo lugar.

  4. - En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se recurre por la parte condenada en costas la sentencia que desestima su impugnación de la tasación practicada por el Secretario del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Burgos por ser indebida la partida de suplidos del perito por importe de 696 euros.

SEGUNDO

El artículo 241.1.4º de la LEC se...

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