SAP Vizcaya 179/2003, 31 de Marzo de 2003

ECLIES:APBI:2003:640
Número de Recurso351/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución179/2003
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 3ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta- C.P. 48001

Tfno. 94-4016664

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.04.2-02/014310

R. APELACIÓN LECN 351/02

O. Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. Nº 5 (Getxo)

Autos de IMPUG. TASAC. LECN 7/01

SENTENCIA Nº 179

ILMAS. SRAS.

Dña. ANA ISABEL GUTIERREZ GEGUNDEZ

Dña. CARMEN KELLER ECHEVARRIA

Dña. INMACULADA HERBOSA MARTINEZ

En la Villa de Bilbao, a treinta y uno de marzo de dos mil tres.

Vistos en grada de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial integrada por las Ilustrísimas Señoras Magistradas del margen la presente IMPUGNACION DE TASACION DE COSTAS n° 7/01, tasadas en EJECUCION DE TITULO JUDICIAL n° 275/01, dimanantes de JUICIO DE MENOR CUANTIA nº 136/98 y seguido entre partes como apelante SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA BARRENETXE, representada por la Procuradora Sra. Rodrigo y Villar y dirigida por el Letrado D. José I. Aguirre y apelado D. Ignacio , representado por el Procurador Sr. Ors Simón y dirigido por el Letrado D. Juan M. Izaguirre.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos, en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada, en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la referida Sentencia de instancia, de fecha 4 de Febrero de 2002 es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la impugnación de la tasación de costas interpuesta por BARRENETXE SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA, con Procurador Sra. De Rodrigo y Letrado Sr. Aguirre, contra D. Ignacio , con Procurador Sr. Ors y Letrado Sr. Izaguirre, absolviendo a ésta última de las pretensiones del impugnante, todo ello con expresa imposición a la parte impugnante de las costas causadas.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de APELACION ante la Audiencia Provincial de BIZKAIA (articulo 455 LECn). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de CINCO DIAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de las pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 y disposición Transitoria segunda de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil). Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, manda y firmo."

SEGUNDO

Que publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la Sociedad Cooperativa Limitada Barrenetxe se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que admitido por el Juzgado de instancia y dado traslado a la contraparte por término de DIEZ DIAS para impugnación u oposición por ésta se presentó escrito oponiéndose al recurso. Elevados los autos a esta Audiencia Provincia; se ordenó a la recepción de los mismos se efectuara la formación del presente rollo al que correspondió el número 351/02 de registro y que se sustanció con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Que con fecha 11 de noviembre de 2002 se señaló el día 31 de Marzo de 2003 para votación y fallo del recurso.

CUARTO

Que con fecha. 14 de marzo de 2003 se comunicó a las partes el Tribunal encargado de la resolución del recurso.

QUINTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada Dª CARMEN KELLER ECHEVARRIA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Vistos los motivos del presente recurso de apelación y por lo que hace a la necesaria acreditación previa al pago...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR