SAP Castellón 5/2008, 15 de Enero de 2008
Ponente | JOSE MANUEL MARCO COS |
ECLI | ES:APCS:2008:206 |
Número de Recurso | 547/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 5/2008 |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN
SECCIÓN TERCERA
Rollo de instancia única número 22 de 2007 -U
Sección Tercera - Rollo núm. 547de 2006
Tasación Costas por Indebidas en Apelación.
SENTENCIA NÚM. 5-U DE 2008
Ilmos. Sres.:
Presidente:
Don JOSÉ MANUEL MARCO COS
Magistradas:
Doña ADELA BARDÓN MARTÍNEZ
Doña Mª ANGELES GIL MARQUÉS
_____________________________________
En la Ciudad de Castellón, a quince de enero de dos mil ocho.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto la presente incidente de impugnación de las Tasaciones de Costas por indebidas practicada por la Secretaria Judicial en fecha diecisiete de mayo de dos mil siete en el Rollo de Apelación núm. 547de 2006.
Han sido partes en el incidente, como impugnante, tras la renuncia a la representación y defensa de Doña Gabriela por parte de su Procuradora y de su Letrado defensor, Doña Blanca, representada por la Procuradora Doña Pilar Sanz Yuste y defendidas por el Letrado Don José A. Martín Arnau, y como impugnado, Don Fernando, que ha actuado en el Rollo de Apelación en representación de Don Arturo y cuya tasación de costas se ha practicado a solicitud de dicho profesional en su propio nombre.
Es Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don JOSÉ MANUEL MARCO COS..
Practicada por la Sra. Secretaria del Tribunal tasación de costas el día 17 de abril de 2007 ascendiendo la misma a la suma de cuatro mil doscientos ochenta y ocho euros y veintiún céntimos, por la representación procesal de la parte condenada al pago se impugnó la misma por considerar indebidos por nulidad los derechos de Procurador Sr. Fernando.
Que admitida a trámite la impugnación, se acordó incoar pieza separada para la sustanciación de dicha impugnación, y por proveído de fecha 26 de diciembre de 2007 se señaló para la celebración de la Vista de la impugnación el día 14 de enero de 2008, celebrándose la misma con el resultado que consta en el acta extendida al efecto.
En la tramitación del presente incidente se han observado las prescripciones legales de orden procesal.
Los términos en que viene planteada la impugnación de la tasación de costas, por entender la impugnante que son indebidos tanto los honorarios del letrado, como los derechos de la representación procesal de la parte vencedora del pronunciamiento al pago de las costas, aconsejan recordar que, tal como se desprende del artículo 246.4 LEC, la impugnación que ahora debemos resolver y que la...
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