SAP Barcelona 237/2006, 15 de Mayo de 2006
Ponente | MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO |
ECLI | ES:APB:2006:6882 |
Número de Recurso | 45/2006 |
Número de Resolución | 237/2006 |
Fecha de Resolución | 15 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 7ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN SÉPTIMA
ROLLO: 45/06 L
PROCEDIMIENTO ABREVIADO: 405/04
JUZGADO DE LO PENAL 13 DE BARCELONA
S E N T E N C I A Núm.:
Ilmos. Sres.:
D. Pedro Luis García Muñoz
D. Enrique Rovira del Canto
Dª. Ana Rodríguez Santamaría
En la Ciudad de Barcelona, a 15 de mayo de 2006.
VISTO en grado de apelación ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial el presente Rollo de Apelación 45/06, Procedimiento Abreviado 405/04, procedente del Juzgado de lo Penal 13 de Barcelona, seguido por un delito de robo con fuerza, contra Jon ; que pende en virtud del Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador Andreu Oliva Baste, en nombre y representación del acusado contra la Sentencia dictada el 12 de diciembre de 2005 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado, Jon, como autor responsable de un delito de robo con fuerza en la cosas, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de UN AÑO y DOS MESES DE PRISIÓN e INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA. Condeno igualmente al acusado al pago de las costas procesales causadas en esta instancia".
Notificada a las partes la anterior resolución, se interpuso contra la misma por la representación de Jon, recurso de apelación que fundamenta en las alegaciones que constan en su escrito; admitido el mismo en ambos efectos se elevaron los autos originales a esta Audiencia Provincial y, tramitado conforme a Derecho, se deliberó y decidió el recurso.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Pedro Luis García Muñoz, quien expresa el parecer de la Sala.
HECHOS PROBADOS
SE ACEPTA el relato de hechos probados, si bien se añade:
" Jon actuó afectado levemente en sus facultades volitiva e intelectiva a causa de un consumo previo de alcohol".
Los motivos del recurso de apelación articulados por la representación procesal de Jon son el error en la valoración de la prueba, en primer lugar; el acusado habría negado en todo momento ser el autor de la rotura de los cristales de un vehículo, y haberse apropiado de la documentación del automóvil. Desconocía siquiera que se hubiera cometido un delito, que no conocía al otro acusado, ni que se hubiesen introducido en el vehículo que conducía el otro acusado los documentos sustraídos del turismo violentado. En segundo lugar, de forma alternativa, se defiende que debió apreciarse la...
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