SAP La Rioja 296/2007, 30 de Octubre de 2007
Ponente | ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ |
ECLI | ES:APLO:2007:597 |
Número de Recurso | 106/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 296/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LOGROÑO
SENTENCIA: 00296/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA
LOGROÑO
Domicilio : VICTOR PRADERA 2
Telf : 941296484/486/489
Fax : 941296488
Modelo : SEN01
N.I.G.: 26089 37 1 2007 0100108
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000106 /2007
Juzgado procedencia : JDO. DE 1º INSTANCIA N.5 de LOGROÑO
Procedimiento de origen : INCAPACITACION 0000079 /2006
S E N T E N C I A Nº 296 DE 2007
Ilmos. Sres.
Magistrados:
D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ
Dª Mª CARMEN ARAUJO GARCÍA
D. LUIS MIGUEL RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ
En la ciudad de Logroño a treinta de octubre de dos mil siete
VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, integrada por los Sres. Magistrados indicados al margen, los Autos de INCAPACITACION 079/2006, procedentes del JDO. DE 1ª INSTANCIA N. 5 de LOGROÑO, a los que ha correspondido el Rollo 106 /2007, en los que aparece como parte apelante D.ª Bárbara representada por el procuradora Dª MARÍA LUISA MARCO CIRIA, y asistida por el Letrado D. ELADIO URZAY GALILEA, y como apelados 1º.- D. Lázaro, representado por la procuradora Dª PAULA CID MONREAL, y asistido por el Letrado D. EDUARDO CID BERZAL, 2º.- El MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ.
Que con fecha 16 de octubre de 2006, se dictó sentencia en cuyo fallo se recogía: "Estimo la demanda formulada por el Ministerio Fiscal, y en su virtud declaro la incapacidad de doña Montserrat tanto para la guarda y gobierno de su persona como para administrar sus bienes; y nombre tutor de la incapaz a su hermano don Lázaro. Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes".
Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.
Recibidos los autos en este Tribunal y acordada la prueba preceptiva del artículo 759 LEC, se señaló para la celebración de la vista el día 25 de octubre de 2007, con el resultado que obra en autos.
En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.
Por el Juez de instancia se dictó sentencia, en cuyo fallo se recogía: "Estimo la demanda formulada por el Ministerio Fiscal, y en su virtud declaro la incapacidad de doña Montserrat tanto para la guarda y gobierno de su persona como para administrar sus bienes; y nombre tutor de la incapaz a su hermano don Lázaro. Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes".
Por la procuradora Sra. Marco Ciria, en representación de doña Bárbara, se ha interpuesto recurso de apelación contra esta resolución, solicitando que con revocación de la misma, se acordase...
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