SAP Madrid 58, 26 de Enero de 2000
Ponente | MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO |
ECLI | ES:APM:2000:989 |
Número de Recurso | 580/1998 |
Número de Resolución | 58 |
Fecha de Resolución | 26 de Enero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección ª |
Sentencia
En Madrid, a veintiséis de Enero de dos mil.
La Sección Décimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto, en grado de apelación, el juicio incidental num. 525/96, procedente del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante, Dª. Carolina , representada por la Procuradora Sra. Lorrio Alonso y defendida por la Letrado Dª. Susana Mampel Esquerro; y de otra, como apelado, Hispalense Restauración S.A., representada por la Procuradora Sra. Aroca Florez y defendida por el Letrado D. Antonio Blanco Cabrero.
VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Miguel Angel Lombardía del Pozo
La Sala acepta y da por reproducidos, en lo esencial, los antecedentes de hecho de la resolución recurrida, en cuanto se relacionan con la presente resolución.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de los de Madrid, en fecha 22 de febrero de 1998, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda incidental sobre cuestión de competencia por declinatoria promovida por la Procuradora de los Tribunales Dª. María del Coral Lorrio Alonso, en nombre y representación de Dª. Carolina , en los autos de juicio de menor cuantía seguidos ante este Juzgado bajo el número 525/96 a instancias de la Procuradora de los Tribunales Dª. Belén Aroca Florez, en nombre y representación de Hispalense de restauración S.A., contra Dª. Carolina , debo declarar y declaro la competencia territorial de este Juzgado para el conocimiento de los autos principales. Con expresa imposición de las costas procesales de este incidente a la promotora del mismo."
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de Dª. Carolina , que fue admitido un sólo efecto, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron , sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
La vista pública, celebrada el día 25 de enero del 2000, tuvo lugar con la intervención de los letrados de los litigantes.
En la tramitación del presente recurso han sido observadas las prescripciones legales.
La parte apelante impugna la sentencia dictada en la instancia alegando que las partes...
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