SAP Madrid 163/2005, 20 de Mayo de 2005
Ponente | MARIA DEL PILAR DE PRADA BENGOA |
ECLI | ES:APM:2005:5938 |
Número de Recurso | 445/2004 |
Número de Resolución | 163/2005 |
Fecha de Resolución | 20 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª |
MARIA DEL PILAR DE PRADA BENGOA
Juicio de Faltas nº 409/2004
Juzgado de Instrucción nº 3 de Móstoles
Rollo de Sala nº 445/2004
Mª PILAR DE PRADA BENGOA
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado, EN EL NOMBRE
DE S.M. EL REY, la siguiente:
S E N T E N C I A Nº 163/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID )
Iltma. Sra. Magistrada Sección 4ª)
Dª Mª PILAR DE PRADA BENGOA )
)
En Madrid, a veinte de mayo de dos mil cinco.
VISTO en segunda instancia por la Ilma. Sra. Magistrada al margen referenciada, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el artículo 82, nº 2, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 1 de junio de 2004, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Móstoles, en el Juicio de Faltas nº 409/04, habiendo sido partes: de un lado, como apelante Raquel, y de otro, como apelados, el Ministerio Fiscal y Marcelino.
El Juzgado de Instrucción nº 3 de Móstoles dictó sentencia el día 1-6-2004, en el juicio de faltas ya referenciado, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Que debo condenar y condeno a Dª Raquel como autora responsable de una falta del art. 622 del Código Penal a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de seis euros y con arresto sustitutorio de un día de privación de libertad pro cada dos cuotas diarias impagadas y al pago de las costas".
Notificada esta resolución a las partes, por DOÑA Raquel, se interpuso recurso de apelación. Admitido el mismo, y efectuado el correspondiente traslado de instrucción a las partes, se remitieron los autos originales a esta Sección, que formó el oportuno rollo de Sala y señaló para dictar la resolución el día de hoy.
Se aceptan los contenidos en la resolución impugnada, que se dan por reproducidos.
Ha valorado el juez a quo que la conducta desplegada por la denunciada es constitutiva de una falta del artículo 622 del Código Penal al entender que dicho precepto sanciona el incumplimiento del régimen de visitas, lo que rebate la parte recurrente y procede asumir, con la subsiguiente estimación del motivo del recurso.
Dicho precepto, tras la modificación introducida por la LO 9/2002, de 10 de diciembre, castiga a los padres que sin llegar a incurrir en delito contra las relaciones familiares o, en su caso, de...
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