SAP Girona 98/2008, 15 de Abril de 2008
Ponente | FERNANDO LACABA SANCHEZ |
ECLI | ES:APGI:2008:503 |
Número de Recurso | 586/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 98/2008 |
Fecha de Resolución | 15 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION PRIMERA
GIRONA
APELACION CIVIL
Rollo nº: 586/2007
Autos: procedimiento ordinario nº: 231/2006
Juzgado Primera Instancia 1 Santa Coloma de Farners
SENTENCIA Nº 98/08
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Don Fernando Lacaba Sánchez
MAGISTRADOS
Don Fernando Ferrero Hidalgo
Don Carles Cruz Moratones
En Girona, seis de marzo de dos mil ocho
VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 586/2007, en el que ha sido parte apelante D. Pedro Antonio, representada esta por la Procuradora Dña. ROSA BOADAS VILLORIA, y dirigida por el Letrado D. FRANCESC LLUIS
BONATTI BONET; y como parte apelada la entidad GÉNESIS SEGUROS GENERALES y Dña. María Dolores, representadas por la Procuradora Dña. NURIA ORIELL COROMINAS, y dirigidas por el Letrado D. ROBERT BRELL
CRESPO.
Por el Juzgado Primera Instancia 1 Santa Coloma de Farners, en los autos nº 231/2006, seguidos a instancias de D. Pedro Antonio, representado por el Procurador D. SANTIAGO CAPDEVILA BROPHY y bajo la dirección del Letrado D. FRANCESC LLUIS BONATTI BONET, contra la entidad GÉNESIS SEGUROS GENERALES y Dña. María Dolores, representadas por el Procurador D. IGNASI DE BOLÓS PI, bajo la dirección del Letrado D. ROBERT BRELL CRESPO, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "DECISIÓ: Desestimo la demanda interposada a instància Sr. Pedro Antonio, absolent a Sra. María Dolores i a l'asseguradora Genesis Seguros Generales de les pretensions exercitades en la demanda. Condemno Sr. Pedro Antonio al pagament de les costes processals".
La relacionada sentencia de fecha 22/6/2007, se recurrió en apelación por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Lacaba Sánchez.
Se estiman los de la recurrida en todo lo que no contradiga lo aquí expuesto.
Ejercitada acción de reclamación de cantidad derivada de culpa extracontractual, la Sentencia acoge la excepción de legitimación activa "ad causam" y desestima la misma por no reconocer la condición de perjudicado en el actor.
Están contestes las partes en que el día 23 de Abril de 2004 se produjo un accidente de circulación cuando el actor conducía el vehículo propiedad de su padre Nissan Terrano y fue colisionado por el Peugeot 305 conducido por la demandada Sra. María Dolores quien no respetó una señal de stop que le afectaba.
Junto con la demanda no se aporta certificación administrativa de la propiedad del vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico, pero el padre del actor en el acto del juicio manifiesta que "fue el quien compro el Nissan para que lo usara su hijo, que lo compró porque era autónomo y tenía ventajas fiscales como la deducción del IVA y que el coche siempre lo ha conducido su hijo que es quien ejercita la acción de reclamación".
Junto con la demanda y de documento nº 1 se aporta un presupuesto de reparación del vehículo confeccionado en el año 2006, esto es, dos años después de ocurrido el accidente, el cual está a nombre del padre del actor. (folio 6).
En el acto del juicio y en el recurso el Letrado actor alude a la existencia de un contrato de comodato entre padre e hijo en...
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