SAP Huesca 53/2007, 23 de Febrero de 2007
Ponente | ANTONIO ANGOS ULLATE |
ECLI | ES:APHU:2007:122 |
Número de Recurso | 233/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 53/2007 |
Fecha de Resolución | 23 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
HUESCA
SENTENCIA: 00053/2007
A. Civil 233/2006 S230207.8U
Sentencia Apelación Civil Número 53
PRESIDENTE
D. SANTIAGO SERENA PUIG
MAGISTRADOS
D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA
D. ANTONIO ANGÓS ULLATE
En Huesca, a veintitrés de febrero de dos mil siete.
En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto el recurso de apelación planteado en los autos de juicio ordinario número 46/2006 seguidos ante el juzgado de primera instancia número 1 de Monzón, sobre reclamación de cantidad. FORJAS ESTILO ESPAÑOL, S.A. los promovió, como demandante, dirigida por el letrado don Miguel Martín-Rabadán Caballero y representada en esta alzada por la procuradora doña María Teresa Bovio Lacambra, contra Cosme, como demandado, en situación procesal de rebeldía. Se hallan pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 233 del año 2006, e interpuesto por la actora, FORJAS ESTILO ESPAÑOL, S.A. Actúa como ponente de esta sentencia el magistrado Ilmo. Sr. ANTONIO ANGÓS ULLATE.
Damos por reproducidos los que contiene la sentencia apelada.
La juez del indicado juzgado de primera instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 26 de mayo de 2006, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO / DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por FORJAS ESTILO ESPAÑOL S.A. contra D. Cosme, ABSOLVIÉNDOLO de todos los pedimentos efectuados en su contra. Todo ello con imposición de costas procesales a la parte actora".
Contra la anterior sentencia, la actora, FORJAS ESTILO ESPAÑOL, S.A., anunció recurso de apelación. El juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a la parte apelante por 20 días para que interpusiera su recurso, lo cual efectuó en el indicado plazo mediante la presentación del oportuno escrito, en cuya súplica interesó la estimación del recurso de apelación y la revocación íntegra de la sentencia apelada. A continuación, el juzgado dio traslado a las otras partes para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serles desfavorable. Seguidamente, como el demandado no hizo alegación alguna, el juzgado remitió los autos a este tribunal, en donde quedaron registrados al número 233/2006. No habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista, la Sala acordó que el asunto quedara pendiente de deliberación, votación y fallo, para todo lo cual señalamos el pasado día 31 de enero. En la tramitación de esta segunda instancia, no se han cumplido los plazos procesales por la atención prestada a otros asuntos pendientes ante este tribunal.
La demandante reproduce en su recurso las acciones de responsabilidad individual y de responsabilidad solidaria y objetiva contra el administrador de la sociedad limitada MECANIZADOS MARÍN, S.L., el aquí demandado.
Respecto a la primera acción, para mantener su rechazo...
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