SAP Valladolid 163/2007, 31 de Mayo de 2007
Ponente | ANGEL SANTIAGO MARTINEZ GARCIA |
ECLI | ES:APVA:2007:534 |
Número de Recurso | 358/2007 |
Número de Resolución | 163/2007 |
Fecha de Resolución | 31 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
VALLADOLID
SENTENCIA: 00163/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN CUARTA
VALLADOLID
APELACION PROCTO. ABREVIADO Nº 358/07
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 536/06
JDO. DE LO PENAL nº TRES de VALLADOLID
SENTENCIA Nº 163/07
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE LUIS RUIZ ROMERO
D. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA
DÑA. MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO
En VALLADOLID, a treinta y uno de mayo de dos mil siete.
La Audiencia Provincial de esta capital ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal, dimanante del JDO. DE LO PENAL nº TRES de VALLADOLID, por delito de daños y falta de lesiones, seguido contra, Marcos, siendo partes, como apelante, el citado acusado, defendido por el Letrado José Ramón Vázquez Domínguez y representado por el Procurador Fernando Ruiz López y, como apelado, el Ministerio Fiscal, habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA.
El Sr. Juez del JDO. DE LO PENAL nº Tres de VALLADOLID, con fecha 2.4.07, dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso declarando probados los siguientes hechos:
"Único.- Sobre las 15:35 horas del día 4 de julio de 2005, el acusado, Marcos, mayor de edad y sin antecedentes penales, tras observar desde su domicilio, sito en el PASEO000, NUM000 de Valladolid, que el vehíc8lo Opel Kadett, matrícula DO-....-D, atropellaba y lesionaba levemente a un niño de 6 años de edad, salió a la calle y se dirigió a dicho automóvil, propinando a su propietario y conductor, Donato, un puñetazo a través de la ventanilla derecha, a consecuencia de locuaz éste sufrió un traumatismo facial que curó a los cinco días, con necesidad de una primera asistencia facultativa y gastos de atención en un centro de SACYL por importe de 79`40 euros. Así mismo, en unión de otros vecinos no identificados, con los que estaba de acuerdo, el acusado golpeó repetidamente el coche, causando en el mismo desperfectos por importe de 687`87 euros".
La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:
"Que debo condenar y condeno a Marcos, como autor responsable de un delito de daños y una falta de lesiones, infracciones precedentemente definidas, a las penas de multa de seis meses, a razón de dos euros de cuota diaria, por el delito, y multa de un mes, con igual cuota, por la falta, así como al pago de las costas procesales y a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnice a Donato en 837`87 € y a SACYL en 79 `40 €, cantidades que devengarán el interés legal, incrementado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia".
Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación procesal del acusado, que fue admitido en ambos efectos y practicadas las diligencias oportunas y previo emplazamiento de las partes, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal y no habiéndose propuesto diligencias probatorias en esta instancia, y al estimar la Sala que no era necesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia, previa deliberación.
Como fundamentos de impugnación de la sentencia, se alegaron sustancialmente los siguientes:
- Error en la apreciación de las pruebas.
Se admiten y esta Sala hace propios los hechos declarados probados por la sentencia de instancia.
Alegándose por el apelante el error en la valoración de la prueba, respecto del delito de daños, debe recordarse, una vez más, la doctrina relativa a la facultad del Juez de Instancia de apreciación y valoración de la prueba y la posibilidad de revisión de la misma en apelación.
"Como se ha señalado reiteradamente, en supuestos como el presente, de denuncia por el recurso del error cometido por el Juzgador de instancia en la apreciación de la prueba practicada en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba