AAP Sevilla 437/2006, 15 de Noviembre de 2006

PonenteFRANCISCO JAVIER GONZALEZ FERNANDEZ
ECLIES:APSE:2006:2214A
Número de Recurso1745/2005/
Número de Resolución437/2006
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 7ª

437/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA.

Sección Séptima.

Rollo 1745/2005.

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA.

SECCIÓN SÉPTIMA.

AUTO Nº 437 /2006.

Rollo de apelación nº 1745/2005.

Diligencias previas nº 8234/1999.

Juzgado de Instrucción nº 14 de Sevilla.

Magistrados:

Antonio Gil Merino, presidente.

Javier González Fernández, ponente.

Juan Romeo Laguna.

En Sevilla, a 15 de noviembre de 2006.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Ilmo. Sr. Magistrado- Juez de Instrucción dictó el día 29 de octubre de 2004 auto decretando el archivo de las diligencias previas. Contra dicho auto la representación de la denunciante, Dª Ángela, interpuso recurso de reforma que, admitido a trámite, fue desestimado por auto de 6 de enero de 2005, contra el que la misma parte interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y cuya desestimación solicita el Ministerio Público y la defensa del denunciado, D. Rosendo.

Segundo

Turnadas las actuaciones a esta Sección se incoó Rollo, se designó ponente y se deliberó.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero

El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de Instrucción acordó el archivo (sobreseimiento libre) de las diligencias previas por considerar que los hechos objeto del proceso no son constitutivos de infracción penal.

Pues bien, de todo lo actuado se desprende que, aun existiendo riesgo de embarazo ectópico en la denunciante dados sus antecedentes (anexectomía derecha por tumoración ovárica y extirpación de ovario contralateral), el padecido por la apelante fue corneal intramural o intersticial, esto es, con ubicación del embrión dentro de segmento de trompa ("muñón de la trompa extirpada", según informe de los folios 17 y 18) que penetraba en la cavidad uterina, de suerte que se trataba de un embarazo ectópico de difícil diagnóstico precoz por aparentar ser intrauterino, como han destacado todos los informantes. Tan es así que el denunciado manifestó que detectó latidos, lo que, según informe de la Sociedad Española de Obstetricia y Ginecología, puede aparentar un embarazo normal si el embrión "se asienta cerca de la cavidad uterina".

Segundo

La anterior conclusión ciertamente la ha expuesto en su informe la médico forense, quien afirmó que "interpretado el saco gestacional en situación intraútero, no existe diagnóstico de sospecha de EE por lo que no tendría por qué efectuarse otras pruebas diagnósticas".

Ahora bien, también expuso en su último informe (folio 226: segundo y último inciso de la conclusión primera) que "sin embargo el EE accidentado su pudo ser facilmente diagnosticado dado el cortejo sintomático con el...

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