SAP Cantabria 96/2007, 13 de Junio de 2007

PonenteERNESTO SAGÜILLO TEJERINA
ECLIES:APS:2007:788
Número de Recurso79/2007
Número de Resolución96/2007
Fecha de Resolución13 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SANTANDER

SENTENCIA: 01096/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA ROLLO NÚM. 79/07

Sección Primera

S E N T E N C I A NÚM. 96-07

En la Ciudad de Santander, a Trece de Junio del año dos mil siete.

El Ilmo. Sr. Ernesto Sagüillo Tejerina, Magistrado de la Sección Primera de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de faltas núm. 10 de 2007 del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Santoña, Rollo de Sala núm. 79 de 2007, seguidos por falta de amenazas e injurias contra Oscar.

En esta Segunda instancia ha sido parte apelante Jose Ángel y ha intervenido como apelado Oscar.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado ya mencionado, en fecha 16 de Marzo de 2007, se dictó Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente: " Apreciando la prueba practicada se declara expresa y terminantemente probado que el día 11 de diciembre de 2006, Oscar junto con esposa Montserrat, acudieron a la consulta médica de Jose Ángel, con el objeto de que explorase a la hija de los primeros de tres años de edad; que la niña presentaba dolores de tripa y vómitos; que dado el estado de nerviosismo de la niña fue imposible realizar la exploración de la misma; que como consecuencia de ello hubo un incidente entre padre y médico, en el que el médico le dijo a los padres que hasta que no tranquilizasen a la niña no sería posible la exploración, y el padre le contestó al médico que era "un payaso y un incompetente", y que "tú que te has pensado, tu eres pediatra o que eres, a mi hija no la vuelves a retirar las piernas de esa forma, te he visto como la has empujado, eres un personaje y cuidado no te vaya a encontrar por ahí". FALLO: Absuelvo a Oscar de la falta de injurias y amenazas de las que venia acusado".

SEGUNDO

Notificada la Sentencia a las partes, por Jose Ángel, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y dado traslado del escrito de recurso a las demás partes por el plazo legal, se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial a efectos de resolución del recurso.

Se admiten los de la Sentencia de instancia, ya reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el denunciante la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción y pide que se revoque y se condene al denunciado como autor de una falta de injurias y otra de amenazas.

SEGUNDO

La sentencia recurrida, después de recoger como probadas las expresiones que el denunciado dirigió al denunciante, entiende que no son penalmente sancionables las mismas atendiendo no a su falta de tipicidad sino a que las circunstancias del caso hacen que la conducta no mereciera sanción penal pues no iría más allá de una falta de educación.

El Derecho Penal se configura como ultima ratio sancionadora, derecho secundario y fragmentario, entendidos tales conceptos en el sentido de que se trata de una rama del Derecho que no pretende regular todas las conductas de determinado contenido jurídico sino de seleccionar aquellas que, por suponer una vulneración más grave del Derecho, son merecedoras del mayor reproche que pueda ser impuesto por las normas jurídicas, la pena. A tal fin, se tipifican una serie de conductas en las normas punitivas que, cuando concurren los requisitos legales, dan lugar a la aplicación de la pena correspondiente. Ello exige una conducta típicamente antijurídica y...

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