SAP Madrid 136/2004, 28 de Enero de 2004

PonenteD. JESUS GAVILAN LOPEZ
ECLIES:APM:2004:1089
Número de Recurso35/2003
Número de Resolución136/2004
Fecha de Resolución28 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

Dª. LOURDES RUIZ DE GORDEJUELA-LOPEZD. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZD. JESUS GAVILAN LOPEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 35 /2003

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. LOURDES RUIZ GORDEJUELA LOPEZ

D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ

JESUS GAVILAN LOPEZ

En MADRID, a veintiocho de enero de dos mil cuatro.

La Sección 11 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de MENOR CUANTIA 24 /2000 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de MADRID seguido entre partes, de una como apelantes Fernando, Emilia, representados por el Procurador SR. Gutiérrez Lorenzo, y de otra, como apelado NUZZI INDUSTRIAL S.A., representado por el Procurador Sr. González Diez, sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha 16 de septiembre de 2002, cuya parte dispositiva dice: "Que ESTIMANDO en parte la demanda formulada por la Procuradora Dña. María Jesús González Díaz, en nombre y representación de Nuzzi Industrial S.A. debo CONDENAR Y CONDENO a los demandados Dña. Emilia y D. Fernando a que, tan pronto sea firme est resolución, abonen a la parte actora la cantidad de 1.885.884 ptas (en su contravalor en euros) con mas intereses procesales y sin que proceda especial imposición de las costas causadas". Notificada dicha resolución a las partes, por Fernando, Emilia, se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que lo impugnó. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 15 de enero de 2004, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JESUS GAVILAN LOPEZ.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se revocan parcialmente los Fundamentos de Derecho de la sentencia de instancia.

PRIMERO

la sentencia de instancia estima parcialmente la demanda interpuesta, condenando al pago parcial de la cantidad reclamada, por la actora en concepto del contrato de arrendamiento de obra -instalación de una cocina -, desestimando la reconvención planteada por la demandada, en los términos reflejados en el antecedente de hecho primero de esta resolución.

El recurso planteado por la demandada, se fundamenta en dos motivos concretos, a modo de síntesis del escrito de interposición del recurso presentado:

  1. ) Infracción del artículo 57 en relación con el artículo 62 .1ª de la L.E.C. por razón de haberse anulado el contrato originario por otro posterior en el que no se contenía cláusula alguna de renuncia al fuero propio en los Juzgados de Mataró (Barcelona).

  2. ) Incongruencia omisiva de la sentencia artículo 24 de la CE, que relaciona con los artículos 1.124 del C.C.y 523 de la L.E.C. al considerar que habiéndose estimado parcialmente la reconvención, en contra de lo declarado en sentencia, reduciendo la cantidad solicitada por la actora, no procedía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR