SAP Jaén 265/2004, 19 de Noviembre de 2004

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Jaén, seccion 3 (penal)
Fecha19 Noviembre 2004
Número de resolución265/2004

SENTENCIA Núm. 265/04

Iltmos. Sres.:

Presidente

D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA

Magistrados

Dª. LOURDES MOLINA ROMERO

D. JESÚS MARÍA PASSOLAS MORALES

En la Ciudad de Jaén, a diecinueve de Noviembre de dos mil cuatro.-Vistos en grado de apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario, seguidos en primera instancia con el núm. 248 de 2004, por el Juzgado de Primera Instancia Número UNO DE JAÉN , (antiguo Mixto nº 7), Rollo de Apelación de esta Audiencia núm. 295 de 2004 a instancia de D. Rubén Y Lázaro , representados en ambas instancias por la Procurador de los Tribunales D. José Jiménez Cozar, y defendido por el Letrado D. Francisco León Valenzuela, contra D. Gerardo Y DOÑA Lucía , representados en ambas instancias por el Procurador de los Tribunales Dª. Trinidad María Sánchez de Rivera Rodríguez, y defendido por el Letrado Dª. Dolores Bravo Sánchez.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número UNO de JAEN, con fecha 12 de Julio de 2.004 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente Fallo: ,Que estimando parcialmente la demanda presentada debo de declarar y declaro la nulidad parcial de la institución de heredero realizada en testamento de 3 de mayo de 2.000, debiendo de respetarse la legitima de los dos hijos del causante Rubén y Lázaro , permaneciendo la institución de heredero a favor de Gerardo y Lucía en lo referente a 1/3 de la herencia, debiendo éstos restituir a aquellos los bienes que hubieran podido percibir en cuanto que excedieran de dicha porción hereditaria. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó e interpuso por D. Gerardo y Dª. Lucía , en tiempo y forma, Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Número UNO DE JAÉN, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su Recurso.

TERCERO

Dado traslado del escrito de Apelación, por D. Rubén y D. Lázaro se presentó escrito deoposición; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, turnadas que fueron, correspondieron a ésta Sección, en la que se formó el rollo correspondiente, y al no haberse practicado prueba, ni celebrado vista se declararon conclusas las actuaciones para dictar la Resolución procedente.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente Recurso el día referido en los Autos, en que efectivamente tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación de este Recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JESÚS MARÍA PASSOLAS MORALES, que expresa el parecer de la Sala.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la Resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone Recurso de Apelación la Sra. Procuradora de los Tribunales Dª. Trinidad Sánchez de Ribera Rodríguez, en nombre y representación de D. Gerardo y Dª. Lucía en sede a error en la apreciación de la prueba.

Pues bien,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • El maltrato psicológico como justa causa de desheredación de hijos y descendientes
    • España
    • Revista Crítica de Derecho Inmobiliario Núm. 748, Marzo 2015
    • 1 Marzo 2015
    ...· SAP. Barcelona, sección 1.ª, 28 de enero de 2000 · SAP. Islas Baleares, sección 4.ª, 19 de marzo de 2001 Page 944 · SAP. Jaén, sección 3.ª, 19 de noviembre de 2004 · SAP. Madrid, sección 21.ª, 7 de julio de 2005 · SAP. Madrid, sección 14.ª, 14 de diciembre de 2006 · SAP. Valencia, sección......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR