SAP La Rioja 441/2001, 31 de Julio de 2001
Ponente | Mª TERESA COBO SAENZ |
ECLI | ES:APLO:2001:577 |
Número de Recurso | 699/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 441/2001 |
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª |
D. Alfonso Santisteban RuizD. Mª Mercedes Oliver AlbuerneDª. Mª Teresa Cobo Sáenz
En Logroño, a treinta y uno de julio de dos mil uno.
La Ilma. Audiencia Provincial de esta capital, presidida por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Alfonso Santisteban Ruiz y compuesta además por las Ilmas. Sras. Magistradas Dª. Mª Mercedes Oliver Albuerne y Dª. Mª Teresa Cobo Sáenz, ha pronunciado, EN NOMBRE DEL REY, la siguiente resolución:
SENTENCIA N° 441 DE 2001
Visto el presente recurso de apelación CIVIL, que pende ante esta Ilma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio de interdicto n° 113/00 rollo de Sala n° 699/2000 contra la sentencia de fecha 23 de noviembre de 2000, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia de Haro recurrida por D. Iván representado por el procurador Sr. Toledo Sobrón y defendido por el letrado SR. Sáenz de Cosculluela; siendo parte apelada D. Jose Ramón representado por el procurador Sr. García -Aparicio y defendido por -el letrado-Sr: Pérez Angulo; recurso en el que ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª Teresa Cobo Sáenz.
Que con fecha 23 de noviembre de 2000, se dictó sentencia en cuyo Fallo se recogía: "Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. López-Tarazona, en representación de D. Iván debo declara y declaro no haber lugar al interdicto de recobrar, absolviendo al demandado de todos los pedimentos del actor, con expresa condena en costas al actor"
Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandante se interpuso recurso de apelación que fue admitido, con emplazamiento de las partes que se personaron ante esta Sala, a la que se han remitido los autos originales.
Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la vista el día 11 de julio de 2001, la que tuvo lugar con el resultado que obra en el presente rollo.
En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida.
Para entender la cuestión litigiosa que se plantea en la presente alzada, no debe olvidarse que nos hallamos ante un juicio posesorio de carácter sumario en el que por el actor se postula recobrar la posesión, y subsidiariamente retenerla en base a un título, la escritura de donación, partición de herencias y extinción de comunidad, otorgada en Haro con fecha 7 de diciembre de 1976, a cuyo otorgamiento comparecieron entre otros ambos hermanos ahora litigantes, en la que el título, en el que por lo que interesa en este juicio se le atribuye la mitad izquierda del trastero del desván habitable, del que consta la edificación ubicada en la calle DIRECCION000 n° NUM000 de Cuzcurrita de Río Tirón, atribuyéndose la otra mitad, es decir, la derecha del desván habitable, a su otro hermano. Concretamente D. Jose Ramón , en el año 1999, realizó una obra de división de las dos mitades del desván habitable, de cuya verificación existe una profusa documentación técnica en autos. Durante las obras de realización de la obra de división, el ahora actor D. Iván ,...
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