SAP Murcia 109/2002, 12 de Marzo de 2002

PonenteANTONIO SALAS CARCELLER
ECLIES:APMU:2002:751
Número de Recurso21/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución109/2002
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 109

En la ciudad de Murcia, a doce de marzo de dos mil dos.

Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de interdicto de recobrar procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 667/00 -Rollo nº 21/01-,en los que figuran como demandantes doña Remedios , doña María Esther y don Rodrigo , en el Juzgado y en esta alzada representados por el Procurador Sr. Bueno Sánchez y defendidos por la Letrada Sra. García Pujante, y como demandada doña Erica , representada por la Procuradora Sra. Guasp Llamas y defendida por el Letrado Sr. López Sola; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 15 de diciembre de 2000, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente don Antonio Salas Carceller, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": "Desestimando la demanda interpuesta por Dª Remedios , Dª María Esther y D. Rodrigo , contra Dª Erica , debo declarar y declaro no haber lugar al interdicto de recobrar planteado y ello con expresa imposición de costas a los demandantes."

Segundo

Contra la misma se interpuso en tiempo y forma por la parte actora recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos elevándose los autos a esta Audiencia Provincial previos los oportunos emplazamientos, formándose el correspondiente Rollo en que comparecieron las partes debidamente representadas y, tramitado el recurso con arreglo a los de su clase, se señaló día para la vista, acto que ha tenido lugar el día 5 de marzo pasado con asistencia de los Letrados de las partes quienes solicitaron: la de la parte apelante, la revocación de la sentencia apelada dictándose otra conforme a sus pretensiones de primera instancia, y el de la parte apelada, su confirmación e imposición de costas causadas en esta alzada a la parte recurrente, quedando los autos vistos para sentencia.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Los actores, doña Remedios , doña María Esther y don Rodrigo , interpusieron demanda en ejercicio de acción interdictal de recobrar...

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