SAP Almería 112/2006, 17 de Abril de 2006

PonenteJUAN RUIZ-RICO RUIZ-MORON
ECLIES:APAL:2006:164
Número de Recurso41/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución112/2006
Fecha de Resolución17 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 112 / 2006

En la ciudad de Almería, a diecisiete de abril de dos mil seis.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, constituida unipersonalmente por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Juan Ruiz Rico Ruiz Morón, ha visto en grado de apelación Rollo número 41 de 2006, el Juicio de Faltas número 133/04, procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de El Ejido, por falta contra los intereses generales, siendo apelante Consuelo, cuyas circunstancias personales constan en la sentencia impugnada. Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan como relación de trámite y antecedentes de hecho los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por la Sra. Juez del Juzgado de Instrucción nº 2 de El Ejido en los referidos autos de Juicio de Faltas, se dictó sentencia con fecha 15 de septiembre de 2004, cuyos HECHOS PROBADOS son del tenor literal siguiente: "De la apreciación conjunta de las pruebas practicadas, valoradas en conciencia resultan probados, y así se declaran, los siguientes hechos: Sobre las 11:00 horas del día 15 de febrero de 2001 Montserrat caminaba por la calle Cáceres número 44, de la localidad de El ejido, cuando se abalanzó un perro sobre ella un perro doméstico propiedad de Consuelo, el cual le mordió en la región posteroinferior de la pierna izquierda. El perro estaba en esos momentos al cuidado de su propietaria atado con una cadena elástica y sin bozal. A consecuencia de la caída, Montserrat se trasladó al Centro de Salud de El Ejido, el cual emite parte en el que se le diagnostica herida con desgarro de piel y tejido subcutáneo; lesiones de las que tardó en curar 120 días, veinte de los cuales estuvo incapacitada para sus ocupaciones habituales, quedándole como secuela una cicatriz de 3,3 cm., de longitud por 3 cm., de anchura en el tercio inferior posterior de la pierna izquierda, tal como consta en el informe de Sanidad emitido por el Médico Forense en fecha de 29 de mayo de 2002".

TERCERO

Dicha sentencia contiene el siguiente Fallo: "Condeno a Consuelo como responsable criminal en concepto de autor de una falta CONTRA LOS INTERESES GENERALES a una pena de QUINCE DÍAS MULTA, con una CUOTA DIARIA DE TRES EUROS, lo que hace un total de CUARENTA Y CINCO EUROS, y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas condenándole al pago de las costas procesales. Asimismo, doña Consuelo deberá indemnizar a doña Montserrat en la cantidad de TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS EUROS CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS (3.852,58 euros) y ello en concepto de RESPONSABILIDAD CIVIL por las lesiones y secuelas sufridas. Cantidad que devengará los intereses legales, a partir de la fecha de la presente resolución".

CUARTO

Por Consuelo, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos interesando en su escrito la revocación de la sentencia y en su lugar se dicte otra absolviéndole de la falta de la que es condenada por las razones que expone en dicho escrito.

Del recurso se dio traslado a las otras partes quienes solicitaron, el Ministerio Fiscal la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia recurrida.

QUINTO

Remitidas las actuaciones a este Tribunal donde se formó Rollo de Sala, turnándose de ponencia y se trajeron los autos para sentencia. Se han...

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