AAP Madrid 423/2003, 5 de Septiembre de 2003
ECLI | ES:APM:2003:9540 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 423/2003 |
Fecha de Resolución | 5 de Septiembre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION TERCERA
MADRID
R. APELAC: 255/2003
J. ORAL: 212/2003
JDO. PENAL Nº14- MADRID
SENTENCIA NUM: 423
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA
D. ADRIAN VARILLAS GOMEZ
D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS
Dª. Mª PILAR ABAD ARROYO
En Madrid, a 5 de septiembre de 2003.
VISTOS, por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en grado de apelación, el Juicio Oral nº212/2003 procedente del Juzgado Penal nº14 de Madrid y seguido por delito de robo con intimidación, siendo partes en esta alzada Jesús y Millán , representados por el Procurador D. Carlos Naharro Pérez y asistidos del letrado D.Eduardo González Ramírez, y el Ministerio Fiscal y Ponente el Magistrado D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS.
Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 21 de mayo de 2003, cuyo FALLO decretó: "Que debo condenar y condeno a Jesús y Millán como autores responsables de un delito de robo con intimidación con uso de armas en grado de tentativa, sin concurrencia de circunstancias modificativas, a la pena de tres años de prisión a cada uno, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas del juicio por mitad e iguales partes. Se les abonará el tiempo de prisión preventiva".
Notificada la referida sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Jesús y de Millán , que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días a las demás partes, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal.
Elevadas las actuaciones a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial, se formó el Rollo de Sala nº255/2003 y dado el trámite legal, se señaló conforme al art. 803 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la deliberación, votación y fallo en Sala el recurso el día de ayer.
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HECHOS PROBADOS
Se aceptan los declarados como tales en la sentencia de instancia, teniéndose aquí por reproducidos, adicionándose el siguiente párrafo: en poder de Millán se intervino la cantidad de 495 euros.
Denunciada la infracción del derecho a la presunción de inocencia del artículo 24.2 de la Constitución, el mismo ha sido concebido por el Tribunal Constitucional...
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