SAP Murcia 52/2007, 13 de Abril de 2007

PonenteJAIME GIMENEZ LLAMAS
ECLIES:APMU:2007:573
Número de Recurso185/2007
Número de Resolución52/2007
Fecha de Resolución13 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00052/2007

SENTENCIA

NÚM. 52/07

En la Ciudad de Murcia, a trece de abril del año dos mil siete.

El Ilmo. D. Jaime Giménez Llamas, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Ciudad, ha visto en grado de apelación el presente Rollo formado con el número 185/07, por virtud del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número Uno de Yecla, en procedimiento de Juicio de Faltas número 123/06, seguido por lesiones, en el que han sido partes, como denunciante Felix, como denunciados Benjamín y Pedro Francisco y como acusación pública el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 14 de noviembre de 2.006 y en el Juicio de Faltas registrado bajo el número 123/06, el Juzgado referido dictó sentencia en la que se declaran hechos probados los siguientes: "UNICO.- Son hechos probados, y así se declara, que sobre las 2:00 horas del día 14 de mayo de 2006, en la discoteca "Lurios" de Yecla, Felix se encontraba en compañía de Arturo cuando se les acercó Pedro Francisco y Benjamín, increpándoles, motivo por el cual Felix les dijo que les dejasen en paz, momentos después Benjamín dio un puñetazo en la cara a Felix, y Pedro Francisco le golpeó en la cabeza, marchándose acto seguido Felix a la salida de la discoteca, teniendo que marcharse del local para evitar que continuase la agresión. Claudio no causó lesiones a Felix.

Felix sufrió lesiones consistentes en contusión en ojo y pómulo izquierdo, invirtiendo 8 días en curar sus lesiones, dos de los cuáles con abandono de sus ocupaciones habituales y quedándola como secuelas leve mancha en parpado superior izquierdo y en ángulo externo, casi inapreciable."

En su parte dispositiva, dicha resolución, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Condeno a Benjamín, como autor de una falta de lesiones a la pena de UN MES multa con una cuota diaria de SEIS euros, a Pedro Francisco como autor de una falta de lesiones a la pena de UN MES multa con una cuota diaria de TRES euros con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, en el orden civil a que indemnice solidariamente al perjudicado, en la cantidad de 300 euros y al pago de las costas procesales.

Absuelvo a Claudio de los hechos en virtud de los cuales se incoaron las presentes actuaciones."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, por Benjamín se interpuso recurso de apelación. Del mismo se dio traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal, el que se opuso al recurso, solicitando la conformación de la sentencia. Tras dicho trámite se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, siendo turnadas y señalándose para su examen, sin celebración de vista, el día de hoy.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

ÚNICO.- Se acepta y se da por reproducida la declaración de hechos probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia de instancia.

PRIMERO...

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