SAP Madrid 209/2006, 6 de Junio de 2006

PonenteFERNANDO F. ORTEU CEBRIAN
ECLIES:APM:2006:8317
Número de Recurso154/2006
Número de Resolución209/2006
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

FERNANDO F. ORTEU CEBRIAN

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

APELACION NUMERO/AÑO: 154/06

PROCEDIMIENTO: JUICIO DE FALTAS

NUMERO/AÑO: 1.074/2005

JUZGADO DE INSTRUCCION

LOCALIDAD/NÚMERO: 35 DE MADRID

MAGISTRADO: Ilustrísimo Señor

D. FERNANDO ORTÉU CEBRIÁN

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa de

referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE S.M., EL REY,

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 209/06

En la Villa de Madrid, a Seis de junio de dos mil seis.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, constituida como órgano unipersonal, y actuando, en tal concepto, el Ilustrísimo Señor Magistrado don FERNANDO ORTÉU CEBRIÁN, ha visto el recurso de apelación nº 154/06 interpuesto por don Ismael, contra la sentencia dictada con fecha 15 de diciembre de 2.005, en juicio de faltas número 1.074/2005 por el Juzgado de Instrucción nº 35 de los de Madrid. Intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15 de diciembre de 2005 se dictó sentencia en juicio de faltas número 1.074/2005 por el Juzgado de Instrucción nº 35 de los de Madrid.

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

" Sobre las 12,10 horas del día 1 de junio de 2005, en la c/ General Ricardos de Madrid, se originó una discusión por motivos de tráfico, entre Benedicto, conductor del vehículo matrícula.... NHS y Ismael, conductor del vehículo con matrícula.... HVJ y en un momento dado éste último, se bajó de su vehículo, y dirigiéndose al vehículo del otro conductor, a través de la ventanilla, le ha propinado dos puñetazos a Benedicto.

Como consecuencia de la agresión Benedicto, sufrió lesiones, consistentes en contusión en región mandibular izquierda, con signos inflamatorios locales, de los que ha tardado 10 días en curar.

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Ismael, como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 4 euros, y con la responsabilidad civil subsidiaria del art. 53 del C.P. en caso de impago, al pago de las costas de este procedimiento si las hubiese, y a que indemnice a Benedicto en la cantidad de 400 euros por las lesiones causadas.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por don Ismael.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes, formularon sus alegaciones, presentando escrito de impugnación el Ministerio Fiscal. Remitido a este Tribunal, pasó al Magistrado a quien por turno correspondió. No se estimó precisa la celebración de vista, quedando el recurso pendiente para sentencia.

Se mantienen los fijados, como tales, en la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Limita el recurrente su alegato impugnatorio a negar que los hechos declarados probados con base en la prueba testifical practicada en el acto del juicio acontecieran como se narra en la sentencia, no pretendiendo sino imponer a través de su recurso una versión de los hechos distinta a la declarada probada en la sentencia.

SEGUNDO

Hasta la saciedad tienen dicho tanto el Tribunal Supremo...

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