SAP Jaén 300/2001, 30 de Mayo de 2001

PonentePIO JOSE AGUIRRE ZAMORANO
ECLIES:APJ:2001:1089
Número de Recurso624/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución300/2001
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA N° 300

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª. Elena Arias Salgado Robsy

Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera

En la Ciudad de Jaén, a treinta de mayo de dos mil uno.

Vistos en grado de apelación, por la J Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el nº 17 del año 2.000, por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Linares, rollo de apelación de esta Audiencia nº 624 del año 2.000, a instancia de la entidad Bodegas Marqués del Puerto S.A., representada ante este Tribunal, como apelada, por el Procurador Sr. Gutiérrez Arjona y defendida por el Letrado Sr. Aguilar Burgos, contra Distribuciones Bolívar Castro S.L. y la DIRECCION000 ., representada ante el Tribunal la primera, como apelante por el Procurador Sr. Moral Carazo y defendido por el Letrado Sr. Sánchez Ortega.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Linares, con fecha 9 de octubre de 2.000.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de BODEGAS MARQUES DEL PUERTO, S.A., en los autos seguidos con el número 17/00, contra DIRECCION000 ., DOÑA. Lourdes Y CONTRA DISTRIBUCIONES BOLIVAR CASTRO, S.L. debo condenar y condeno a los demandados a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de DOS MILLONES CUATROCIENTAS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTAS CATORCE PESETAS (2.469.914 pesetas), más los intereses al tipo legal incrementados en dos puntos que se devenguen desde esta última fecha hasta la del total pago de lo adeudado, así como al pago de las costas".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso por Distribuciones Bolívar Castro S.L., en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Linares, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes para comparecer ante la misma.

TERCERO

Recibidos los autos ante este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrará el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vistael día 28 de mayo de 2.001, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con lo que se argumentará en los fundamentos de derecho de esta resolución, con imposición de costas a la otra parte, y por el apelado se solicita la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas ala parte contraria por ser la sentencia ajustada a derecho.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Magistrado D. Pío Aguirre Zamorano.

ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La sentencia de instancia condena a los demandado Distribuciones Bolívar Castro S.L., DIRECCION000 . y Dª. Lourdes a que abonen a la entidad actora la cantidad de 2.469.914 pesetas. Contra la sentencia sólo recurrió la entidad Distribuciones Bolívar Castro S.L. alegando que nada tiene que ver con la deuda que se le...

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