SAP Santa Cruz de Tenerife 479/2004, 29 de Noviembre de 2004

PonenteMARIA ARANZAZU CALZADILLA MEDINA
Número de Recurso208/2004
Número de Resolución479/2004
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 479/2004

Rollo nº 208/2004

Autos nº 341/2003

Jdo. 1ª Inst. nº 4 de La Laguna

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS

Magistrados:

D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO

Dña. Mª ARÁNZAZU CALZADILLA MEDINA

En Santa Cruz de Tenerife, a veintinueve de noviembre de dos mil cuatro.

Vistos por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandada Don Carlos Antonio contra la sentencia dictada en los autos nº 341/2003, liquidación de gananciales, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de La Laguna , promovidos por doña Guadalupe , representada por el Procurador don Claudio García del Castillo y dirigida por el Letrado don Aldo Pérez Carrillo, contra D. Carlos Antonio , representado por el Procurador Doña Natalia de la Rosa Pérez y dirigido por el Letrado don Alfonso Lecuona Ravina; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrado Dña. Mª ARÁNZAZU CALZADILLA MEDINA, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos indicados el Iltmo. Sr. Magistrado Juez D. Juan Carlos González Ramos, dictó sentencia el veintisiete de diciembre de dos mil tres , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que debo ESTIMAR y ESTIMO parcialmente la solicitud de formación de inventario para posterior liquidación del régimen económico matrimonial de gananciales interpuesta por el Procurador don Claudio García del Castillo en nombre y representación de doña Guadalupe , estimando tambiénparcialmente la oposición formulada por la Procuradora doña Natalia de la Rosa Pérez en nombre y representación de don Carlos Antonio , cabe fijar el inventario de la sociedad de gananciales de autos en la forma siguiente:

ACTIVO:

- 50.000 pesetas, equivalentes a 300,51 euros, en la cuenta corriente común en la oficina principal de Santa Cruz de Tenerife del banco Barclays Banco.

- 340.000 pesetas, equivalentes a 2043,44 euros, cantidad de la que resulta acreedora la sociedad de gananciales y deudor don Carlos Antonio .

- 23.458 pesetas, equivalentes a 140,99 euros, saldo de la cuenta corriente de la Sra. Guadalupe nº NUM000 en la entidad CajaCanarias.

- 1.500.000 pesetas, equivalentes en la actualidad a 9015,18 euros, cantidad de la que resulta acreedora la sociedad de gananciales y deudor don Carlos Antonio .

- 5.000 marcos alemanes (DM), cantidad de la que resulta acreedora la sociedad de gananciales y deudor don Carlos Antonio .

- Saldo de la cuenta corriente de la Sra. Guadalupe nº NUM001 de la entidad CajaCanarias en la fecha de disolución de la sociedad de gananciales, el cual ascendía en esa fecha a 326 pesetas, equivalentes en la actualidad a 1,96 euros.

- 550.000 pesetas, equivalentes en la actualidad a 3.305,57 euros que sustituyen al vehículo marca BMW con matrícula XX-....-XX .

- Vehículo marca NISSAN con matrícula BT-....-EB .

- Vehículo marca ISUZU con matrícula KV-....-EX .

- Bienes muebles y enseres enumerados en el listado aportado como documento nº 4 de los acompañados al inventario propuesto por don Carlos Antonio con las exclusiones detalladas en el párrafo décimo del fundamento de derecho cuarto de esta resolución.

- VIVIENDA: Urbana Número veintiuno. Vivienda señalada en el plano con el número NUM002 , en la planta NUM003 alta, con entrada por el portal B, del EDIFICIO000 ", sito en la Cuesta, CALLE000 , es la cuarta comenzando a contar de izquierda a derecha. Tiene una superficie construida de 104,35 metros cuadrados. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad nº Uno de La Laguna, al Tomo NUM004 , Libro NUM005 , Folio NUM006 , Finca nº NUM007 .

- LOCAL: 2/32 avas partes indivisas de la finca descrita como Urbana Número Uno. Local destinado a garaje y almacén en la planta de sótano del EDIFICIO000 , sito en la CALLE000 . Tiene su acceso por la CALLE001 a la de DIRECCION000 , hoy DIRECCION001 , y ocupa una superficie de 1.051,30 metros cuadrados. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad nº Uno de La Laguna, al Tomo NUM008 , Libro NUM005 , Folio NUM009 , Finca nº NUM010 .

- El 50 % de las acciones que conforman el capital social de la entidad mercantil Excentric España S.L.

En todo caso se excluyen del activo de la sociedad el 51 % en el que participa la entidad mercantil Excentric España, S.L. en el capital social de la también entidad mercantil Car Evolution Canarias S.L., sin perjuicio de lo dispuesto en el último inciso del párrafo undécimo del fundamento de derecho cuarto de esa resolución.

PASIVO:

- Deuda hipotecaria que pesa sobre los bienes inmuebles antes descritos y que se constituyó para su adquisición, gravándolos aún en la actualidad.

- Deuda contraída por la sociedad de gananciales con doña Celestina por importe de 6.000.000 depesetas y que fue invertido en la adquisición de los bienes inmuebles descritos en el activo.

En cuanto a las costas procesales causadas en esta primera instancia no cabe realizar expresa condena al pago de las mismas."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandada, se preparó recurso de apelación, se interpuso el mismo, evacuándose el respectivo traslado, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.

TERCERO

Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 23 de Noviembre de 2004.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida procede a fijar el inventario de la sociedad de gananciales constituida por las partes del presente litigio, si bien, según sostiene el demandado en su escrito de apelación, al que se opone la parte actora, la misma debe ser revocada en atención de las distintas circunstancias que plantea en el recurso. La primera de ellas estima necesario la valoración de las diferentes partidas que constituyen el activo y el pasivo en el sentido por la citada parte esgrimido. Con respecto a esta pretensión, considera La Sala, de la misma manera que ya argumentó el juzgador a quo, que en el presente procedimiento no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR