SAudiencias Provinciales 286/2000, 17 de Abril de 2000

PonenteJosé Miguel Bort Ruiz
Número de Resolución286/2000
Fecha de Resolución17 de Abril de 2000

Ilmos. Sres.

Presidente:

Don José Miguel Bort Ruiz

Magistrados:

Doña María Rosa Rigo Rosselló

Doña Catalina Moragues Vidal

En Palma de Mallorca, a diecisiete de abril de dos mil.

Vistos por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de Menor Cuantía, seguidos ante el Juzgado de la Instancia núm. 11 de Palma, bajo el número 250/99, Rollo de Sala número 713/99, entre partes, de una como actor-apelante Dª. F.L.A.C., representado/s en esta alzada por el Procurador Sr./a. Matilde T. Segura, y dirigido por el Letrado Sr./a Alba Jorda, de otra, como demandado-apelado D. A.C.R., no comparecido en esta alzada, habiendo estado representado por los Estrados de este Tribunal.

Es ponente el/la Magistrado/a Ilmo./a Sr./a. Bort Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia núm. 11 de Palma, se dictó sentencia en fecha 15 de Julio de 1999, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Queresuelvo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Mayte Segura Segui en nombre y representación de Dª F.L.A.C. contra D. A.C.R. representado por el Procurador Sr. Antonio Colom Ferra, con expresa imposición de costas a la parte actora."

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, mejorado en tiempo y forma, y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la vista de alzada, que tuvo lugar el día 11 de abril de 2000, con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivas pretensiones, quedando el presente recurso visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

En la demanda instauradora de la presente litis se ejercitaba contra el demandado D. A.C.R. una acción de elevación a escritura pública de un contrato de compraventa de ciertos locales celebrado el día 9 de Abril de 1970 en el que intervinieron como vendedores, además del referido demandado, otras tres personas contra las que no ha sido dirigida aquélla en razón de no aparecer las mismas en el Registro de la Propiedad como...

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