SAP Baleares 395/2007, 24 de Octubre de 2007
Ponente | CARLOS GOMEZ MARTINEZ |
ECLI | ES:APIB:2007:1718 |
Número de Recurso | 432/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 395/2007 |
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00395/2007
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000432 /2007
S E N T E N C I A Nº 395
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DON CARLOS GOMEZ MARTINEZ
MAGISTRADOS:
DOÑA MARIA ROSA RIGO ROSSELLÓ
DON GUILLERMO ROSSELLÓ LLANERAS
En PALMA DE MALLORCA, a veinticuatro de Octubre de dos mil siete.
VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de Verbal, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia núm. 9 de Palma, bajo el número 1259/06, Rollo de apelación núm. 432/07, entre partes, de una como actores- apelantes D. Benjamín y Dª Rita, representados por el Procurador Sr. Jeroni Tomas y asistidos del letrado Sr. Bartolomé Antich, de otra, como demandada-apelada la entidad AEOLUS INTERNACIONAL LIMITED, representada por la Procuradora Sra. Cristina Ruiz y asistida de la letrada Sra. Mónica González.
ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado Don CARLOS GOMEZ MARTINEZ.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia núm. 9 de Palma, se dictó sentencia en fecha 18 de enero de 2007, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Estimar parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Tomas en nombre de Benjamín y Rita declarando la resolución del contrato de arrendamiento sobre la finca sita en Polígono Industrial de Son Noguera carretera Palma-Llucmajor, calle de Marroig núm. 5 nave 2, de Llucmajor que vinculaba a las partes de este litigio, apercibiendo al demandado que de no dejar libre dicho inmueble en el plazo legal se procederá a su lanzamiento el día 12 de marzo de 2007 a las 9,30 horas. Condenar4 a Aeolus Internacional Limited a abonar la cantidad de 5.404,48 euros más las cantidades que por renta se vayan devengando desde la fecha de la demanda hasta el completo desalojo de la finca, más los intereses legales de dichas cantidades incrementados en dos puntos desde la fecha de la sentencia hasta su completo pago. Cada parte abonará sus costas y las comunes por mitad".
Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos y seguido el recurso por sus trámites por proveído de fecha no se consideró necesaria la celebración de vista, quedando el recurso concluso para sentencia.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución dictada en anterior grado jurisdiccional mientras no se opongan a los que siguen.
En el presente proceso se ejercitan, acumuladamente, acciones de desahucio y de reclamación de renta.
La sentencia de primera instancia estima íntegramente la acción resolutoria de la relación locativa, pero solo parcialmente la reclamación de rentas pues, solicitándose por este concepto la cantidad de 6.267 €, la condena se limita a 5.404,48 €.
Mediante su recurso la parte actora pretende, principalmente, que se estime íntegramente la demanda, por entender que no ha quedado acreditado que, como alega la demandada, ésta hubiese ingresado los 862,2 € en concepto de retenciones de renta, cantidad que es la diferencia entre la suma demandada y la que se le condena a pagar a la demandada y,...
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