SAP Barcelona, 28 de Febrero de 2000

PonenteRAMON FONCILLAS SOPENA
ECLIES:APB:2000:2371
Número de Recurso369/1999
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D/Dª. RAMON FONCILLAS SOPENA

D/Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO

D/Dª. NURIA ZAMORA PEREZ

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de Febrero de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de menor Cuantía, número 170/97 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 34 de Barcelona , a instancia de D/Dª. Emilia representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Araceli García Gómez y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. María Reig Burrea, contra EUROSEGUROS, S.A., representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Ildefonso Lago Pérez, y dirigido/a por el/la Letrado/a D/DR. Mª. José Bartralot Soler; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandado contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22 de Febrero de 1.999 , por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. García Gómez en nombre y representación de Dª. Emilia , contra la entidad Euroseguros. S.A., representada por el Procurador Sr. Lago Pérez, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la referida entidad demandada, a que una vez sea firme esta sentencia, abone al actor la suma de DIEZ MILLONES DE PESETAS

(10.000.000 pts.) más el interés del 20% anual desde el día 24 de noviembre de 1.994 hasta su completo pago, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada y habiéndose adherido al mismo el actor y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámiteslegales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 16 de Febrero de 2.000, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

Enelpresentejuiciose han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar Sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. RAMON FONCILLAS SOPENA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia del Juzgado de Instancia que, al considerar que el fallecimiento de D. Marco Antonio se había producido por causas naturales y no por accidente, condenó a la Aseguradora demandada Euroseguros, S.A. al pago de la cantidad íntegra señalada para tal riesgo, de 10 millones de pesetas, en la póliza del contrato de seguro suscrita por dicho tomador, se alza la demandada solicitando que se reduzca el importe de la indemnización y se concrete a la cantidad de 4.647.000 pts que ya se indicó en el escrito de contestación, por ser la procedente en virtud de lo dispuesto en el art. 10 de la Ley de Contrato de Seguro , dado que en el cuestionario de salud previo a la suscripción de la póliza el Sr. Marco Antonio silenció el significativo dato de padecer diabetes, solicitándose también la no imposición de los intereses del 20% que asímismo señala la sentencia. Igualmente recurre la actora, viuda del Sr. Marco Antonio , en solicitud de que se declare que el fallecimiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 635/2007, 11 de Junio de 2007
    • España
    • 11 Junio 2007
    ...Dª Gabriela de Michelis Allocco, en nombre y representación de Dª María Luisa, contra la sentencia dictada en grado de apelación, rollo 369/99, por la Audiencia Provincial de Barcelona de fecha 28 de febrero de 2000, dimanante del juicio de menor cuantía número 170/97 del Juzgado de Primera......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR