SAP Murcia 28/2008, 31 de Enero de 2008

PonenteMARIA DEL PILAR ALONSO SAURA
ECLIES:APMU:2008:153
Número de Recurso226/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución28/2008
Fecha de Resolución31 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00028/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN 001

Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf :968-229183

Fax :968-229184

Modelo : 00120

N.I.G. : 30030 37 2 2007 0102731

ROLLO : APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000226 /2007

Juzgado procedencia :JDO. DE LO PENAL N. 5 de MURCIA

Procedimiento de origen :JUICIO RAPIDO 0000122 /2007

RECURRENTE : Silvia

Procurador/a :MARIA PILAR MORGA GUIRAO

Letrado/a :FRANCISCO CANOVAS IBAÑEZ

RECURRIDO/A : Mónica, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a :SOLEDAD CARCELES ALEMAN

Letrado/a :FRANCISCO JOSE BERMEJO FERNANDEZ

SENTENCIA

NÚM. 28/08

ILTMOS. SRS.

D. FERNANDO LÓPEZ DEL AMO GONZÁLEZ

PRESIDENTE

Dª. Mª PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

MAGISTRADOS

En la Ciudad de Murcia, a treinta y uno de enero de dos mil ocho.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio rápido nº

122/06 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de lo Penal nº 5 de Murcia contra Silvia

representada por la Procuradora Dña Pilar Morga Guirao y defendida por el Letrado D. Francisco José Canovas Ibáñez y contra

Mónica, representada por la Procuradora Dña. Mª Soledad Cárceles Alemán y defendida por el Letrado por

Francisco José Bermejo Fernández, ambas acusación particular contra la contraria, siendo la primera apelante y la segunda

apelada así como el Ministerio Fiscal. Es Ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª PILAR ALONSO SAURA, que expresa la convicción del

Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal citado con fecha 4 de septiembre de 2007, dictó en el procedimiento del que dimana el presente rollo la Sentencia, sentando como hechos probados los siguientes: "Se declara probado que las acusadas, Silvia y su hermana Mónica (ambas mayores de edad y sin antecedentes penales) mantienen una relación de enemistad desde hace años, sin que medie entre ellas convivencia familiar, no obstante lo cual comparten su puesto de trabajo en el que fuese negocio familiar, una tienda de ropa denominada "Inés Brox", sita en calle Ramón y Cajal nº 46 de Archena. Así las cosas, en la mañana del día 4 de agosto de 2007, sobre las 11,40 horas, en el curso de una disputa sobre dónde debía guardarse una cantidad correspondiente a la recaudación de esa mañana, Silvia agarró del brazo por detrás a su hermana Mónica y la tiró al suelo, cayendo encima de ella Silvia, ocasionando a su hermana Mónica menoscabo físico consistente en erosiones y rasguños en pie y pierna izquierda y hematomas en pierna y muslo izquierdos, brazo izquierdo, glúteo izquierdo y codo derecho, cuya curación precisa una sola asistencia facultativa, con ocho días de curación sin incapacidad para ocupaciones habituales, no resultando probado que a su vez Mónica agrediese en modo alguno a Silvia."

SEGUNDO

En su parte dispositiva la citada sentencia dice así: "Que debo condenar y condeno a la acusada Silvia como autora penalmente responsable de un delito de malo tratos en el ámbito familiar, ya definido, sigla concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de cinco meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de tres años, y pena de prohibición de aproximación a su...

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