SAP León 15/2005, 2 de Marzo de 2005

PonenteANTONIO MUÑIZ DIEZ
ECLIES:APLE:2005:321
Número de Recurso43/2005
Número de Resolución15/2005
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZD. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIOD. ANTONIO MUÑIZ DIEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LEON

SENTENCIA: 00015/2005

Recurso Penal 43/05

Juicio Rápido 35/04

Juzgado de lo Penal nº 2 de León

S E N T E N C I A NUM. 15/05

Ilmos. Sres.:

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado

En León, a dos de marzo de dos mil cinco.

VISTOS ante el Tribunal de esta Sección Segunda, en Audiencia Pública y en grado de apelación los autos de Procedimiento Abreviado expresados anteriormente, habiendo sido partes como apelante Casimiro y como apelada Leticia , representada por la Procuradora Dª. Mª Flor Huerga Huerga y asistida por la Letrada Dª. Catalina Díaz Santiago, siendo asimismo parte el MINISTERIO FISCAL y Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por referido Juzgado, en fecha 27 de diciembre de 2004 se dictó Sentencia, cuya relación de hechos probados es del tenor literal siguiente: "HECHOS PROBADOS: Sobre las 19 horas del día 15 de diciembre de 2004 el acusado en este procedimiento Casimiro , de 23 años y sin antecedentes penales, súbdito argelino sin residencia legal en España, en el curso de una discusión sostenida con su compañera Claudia , de 24 años de edad, con laque tiene una relación de afectividad análoga a la del matrimonio, ocurrida en el domicilio familiar sito en la CALLE000 nº NUM000 , NUM001 de la ciudad de León, la quemó con un cigarrillo, causándola una pequeña quemadura en el segundo dedo de la mano izquierda y la sujetó fuertemente por las muñecas, zarandeándola y tirándola sobre la cama, produciéndole hematomas en antebrazos y muñecas de las que curó a los cinco días con solo la primera asistencia facultativa y sin incapacidad.- Sobre las 14,30 horas del día 16 del mismo mes, en el mismo domicilio, el acusado volvió a agredir a Leticia , sujetándola por los brazos y dándola un golpe en la cara, arrojándola posteriormente al suelo, por lo que sufrió un fuerte golpe en la rodilla de la pierna izquierda, Sufrió en esta ocasión contusión en mejilla y rodilla izquierda, hematomas en muslos y una pequeña herida incisa en palma de la mano izquierda, de lo que tardó en curar sin incapacidad, en siete días y con solo la primera asistencia facultativa".

SEGUNDO

La parte dispositiva de la sentencia recurrida es del tenor siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Casimiro como autor de dos delitos de maltrato familiar ala pena de Ocho Meses de Prisión por cada uno de ellos y costas del juicio, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, privación del derecho a la tenencia o porte de armas durante dos años por cada uno de los delitos y prohibición de aproximación y comunicarse con Leticia durante dos años por cada uno de los delitos.- Por aplicación de lo dispuesto en el art. 89 del C. Penal al ser el acusado extranjero en situación de ilegal en España procede sustituirle la pena impuesta en el presente procedimiento por la expulsión de Casimiro del territorio español".

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación del acusado se interpuso recurso de apelación que fue admitido, dándose traslado a las demás partes por un plazo común de diez días, impugnándose el mismo por el Ministerio Fiscal y por la representación de Leticia y después de los trámites oportunos, se remitió todo lo actuado a esta Sección Segunda, señalándose el día 1 del corriente mes de marzo para la deliberación.

En la tramitación del presente recurso se han...

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