SAP Murcia 17/2008, 23 de Enero de 2008

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2008:129
Número de Recurso194/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución17/2008
Fecha de Resolución23 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00017/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN 001

Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf :968-229183

Fax :968-229184

Modelo : 00120

N.I.G. : 30030 37 2 2007 0102413

ROLLO : APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000194 /2007

Juzgado procedencia :JDO. DE LO PENAL N. 5 de MURCIA

Procedimiento de origen :JUICIO RAPIDO 0000087 /2007

RECURRENTE : Blanca

Procurador/a :

Letrado/a :MARIA ANGELES ESPIN GALLEGO

RECURRIDO/A :

Procurador/a :

Letrado/a :

SENTENCIA Nº 1 7 /2 0 0 8

En la ciudad de Murcia a veintitrés de enero de dos mil ocho.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Juicio Rápido de la Ley Orgánica 38/2002, que por el delito de violencia sobre la mujer en el ámbito familiar fue seguido en el Juzgado de lo Penal de Murcia nº Cinco con el nº 87/2007 contra Jose Manuel ; habiendo sido partes en esta alzada Blanca, quien estuvo representada en Instancia por el Procurador Sr/a. Gómez Ortega y defendida por la Letrada Sra. Espín Gallego, quien actúa como apelante, habiéndose adherido el Ministerio Fiscal; Jose Manuel acusado absuelto, actúa como apelado representado en Instancia por el Procurador Sr/a. Sánchez Aldeguer y defendido por la Letrada Sra. Navarro Richart. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, quien expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal dictó en las referidas Diligencias sentencia con fecha 8 de julio de 2007 sentando como hechos probados lo siguiente: "Se declara probado que el Acusado Jose Manuel, mayor de edad, y sin antecedentes penales, mantuvo una relación sentimental con convivencia con Blanca, teniendo una hija en común y residiendo juntos en la localidad de Molina de Segura, hasta que el pasado 18 de junio de 2007, el acuasado requirió a Blanca para que se fuese del domicilio ocupado por ambos y ésta asi lo hizo, junto con su hija, marchando a vivir con una amiga.-En los presentes autos se imputa a Jose Manuel, que el dia 18 de junio de 2007, tras discutir con Blanca, mientras ésta preparaba sus pertenencias para marcharse, la agredió dándole una patada, la agarró del pelo y la cogió con fuerza en las manos para que no usase su teléfono móvil, ocasionándole menoscabo personal cuya curación solo precisó una primera asistencia facultativa, no resultando acreditados los hechos imputados."

SEGUNDO

Estimando el juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos del delito, dictó el siguiente "FALLO: Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO libremente a Jose Manuel del delito de violencia sobre la mujer de que venía acusado en el presente proceso, declarando de oficio las costas procesales causadas."

TERCERO

Contra tal sentencia en nombre y representación de Blanca se dedujo en tiempo y forma recurso de apelación, fundamentándolo en síntesis en que procedía la condena del Sr. Jose Manuel.

CUARTO

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a las demás partes personadas, adhiriéndose al recurso el Ministerio Fiscal y solicitando la defensa del acusado la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos.

QUINTO

A continuación se remitieron por el Juzgado las diligencias originales a esta Audiencia, en la...

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