SAP Palencia 4/2007, 16 de Febrero de 2007

PonenteCARLOS JAVIER ALVAREZ FERNANDEZ
ECLIES:APP:2007:30
Número de Recurso4/2007
Número de Resolución4/2007
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

PALENCIA

SENTENCIA: 00004/2007

Rollo nº 4/07

Procedimiento Abreviado nº 479/06

Juzgado de lo Penal de Palencia.

Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA NÚMERO 4/07

SEÑORES DEL TRIBUNAL

Ilmo. Sr. Presidente

Don Carlos Javier Álvarez Fernández

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Ignacio Ráfols Pérez

Don Manuel Gómez Tomillo (Suplente)

--------------------------------------------------

En la ciudad de Palencia, a dieciséis de Febrero de 2.007.

Visto ante esta Audiencia Provincial el presente Recurso de Apelación nº 4/07, interpuesto a nombre de DON Matías, representado por la Procuradora Doña Begoña González Sousa y defendido por el Letrado Don Luis Ángel Gómez Moreno, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Palencia, de fecha 9 de Noviembre de 2.006, en el Procedimiento Abreviado nº 73/06 del Juzgado de Instrucción núm. 6 de Palencia, Rollo del Juzgado de lo Penal nº 476/06, seguido por un delito de maltrato contra la mujer, habiendo sido parte apelada EL MINISTERIO FISCAL, y Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don Carlos Javier Álvarez Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal de Palencia, con fecha 9 de Noviembre de 2.006 dictó Sentencia en la causa indicada, pronunciando el siguiente Fallo: "Debo condenar y condeno a Matías, como autor penalmente responsable de un delito de maltrato de obra a la mujer con análoga relación de afectividad a esposa, ya definido, sin la concurrencia de circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, a la pena de 40 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de 3 años, y prohibición de aproximación a la víctima María Inés, que le impide aproximarse a la misma en cualquier lugar donde se encuentre, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro por ella frecuentado por tiempo de 3 años, imponiéndole las costas procesales".

SEGUNDO

En los antecedentes de hecho de la sentencia anteriormente indicada se relatan los hechos que el Juez "a quo" estima probados y se recogen las conclusiones definitivas formuladas por las partes, antecedentes que se aceptan de manera expresa por la presente Sentencia.

TERCERO

Contra dicha Sentencia interpuso recurso de Apelación la defensa del condenado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, solicitando la revocación de la sentencia apelada y que se dicte otra absolviendo libremente al mismo, y el Ministerio Fiscal interesó su confirmación.

SE ACEPTAN, y dan aquí por reproducidos, los acertados Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación del recurrente, DON Matías, se impugna en el presente recurso de apelación la sentencia, dictada en fecha 9 de Noviembre de 2.006 por el Juzgado de lo Penal de Palencia, por la que se le condena, como autor responsable de un delito de maltrato contra mujer vinculada al autor con análoga relación de afectividad a la del cónyuge, del artículo 153.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 40 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia y porte...

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