SAP Barcelona 177/2007, 23 de Marzo de 2007

PonenteMIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO
ECLIES:APB:2007:4477
Número de Recurso37/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución177/2007
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DIECINUEVE

ROLLO Nº 37/2007-AA

JUICIO ORDINARIO Nº 51/2006

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE EL PRAT DE LLOBREGAT

S E N T E N C I A N ú m. 177/2007

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO

Dª. NURIA BARRIGA LOPEZ

Dª. THEA ESPINOSA GOEDERT

En la ciudad de Barcelona, a veintitrés de marzo de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecinueve de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 51/2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de El Prat de Llobregat, a instancia de D/Dª. Antonia y D. Jesus Miguel, contra D/Dª. Guadalupe y D. Armando ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de octubre de 2.006, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y DESESTIMO la demanda interpuesta por la representación de Don Jesus Miguel y Doña Antonia, contra Don Armando y contra Doña Guadalupe, absolviendo a éstos de los pedimentos efectuados en su contra, y condenando a la actora al pago de las costas causadas."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 15 de marzo de 2.007.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de 23 de octubre de 2006 dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de El Prat de Llobregat, Barcelona, en el procedimiento ordinario nº 51/2006 desestimaba la demanda interpuesta por Jesus Miguel y Antonia contra Armando y Guadalupe absolviendo a estos de la pretensión ejercitada imponiendo a los actores las costas causadas ; la indicada resolución entendía para ello que se había dado una extralimitación en el contenido del mandato conferido por los demandados al agente inmobiliario que concertó el contrato de compraventa con los demandantes tanto en la concreción del precio como en la misma comunicación de su suscripción sin que se les hubiera entregado tampoco la suma percibida en aquel concepto. Frente a esta resolución se alzan Jesus Miguel y Antonia que entienden que se ha dado una incorrecta interpretación de la prueba aportada en autos en cuanto con independencia de haberse o no producido las circunstancias alegadas por los demandados y recogidas en la resolución de instancia aquellos resultan vinculados por el contrato concertado sin perjuicio de las consecuencias que pudieran establecerse entre los apelados y su mandatario. Los apelados, por su parte, interesaron la confirmación de la resolución referida por los motivos que incorporan en los escritos aportados en autos.

SEGUNDO

Comprobada la posición procesal manifestada y puesta en relación con los escritos rectores del procedimiento que determinan de un modo absoluto lo que sea el objeto de pronunciamiento tanto en la instancia como en esta alzada se hace precisa una delimitación de este comprobando del simple examen del documento aportado como numero uno de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR