SAP Cáceres 38/2007, 30 de Enero de 2007
Ponente | JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA |
ECLI | ES:APCC:2007:39 |
Número de Recurso | 2/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 38/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00038/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MURCIA
Sección 001
Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf : 968-229183
Fax : 968-229184
Modelo : SEN00
N.I.G.: 30030 37 1 2006 0101097
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000313 /2006
Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de MURCIA
Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000831 /2004
RECURRENTE : Victor Manuel
Procurador/a : MIGUEL RODENAS PEREZ
Letrado/a : MARIA REMEDIOS MAYOL MAYOL
RECURRIDO/A : Ángela, REALE SEGUROS GENERALES, S.A.
Procurador/a :, FRANCISCO ALEDO MARTINEZ
Letrado/a :
SENTENCIA NUM. 38/07
ILMOS. SRS.
D. ANDRÉS PACHECO GUEVARA
PRESIDENTE
D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER
D. ANDRÉS MONTALBÁN AVILÉS
MAGISTRADOS
En la Ciudad de Murcia, a treinta de enero de dos mil siete.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio Ordinario número 831/04 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 4 de los de Murcia entre las partes, como actor y aquí apelante don Victor Manuel, representado por el Procurador Sr. Ródenas Pérez y defendido por la Letrada doña Mª Remedios Mayol Mayol, y como demandados la compañía de seguros Reale S.A., aquí apelada, representada por el Procurador Sr. Aledo Martínez y dirigida por el Letrado don Javier Cabezudo Vidal, y Ángela, en rebeldía. Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANDRÉS MONTALBÁN AVILÉS, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado dictó con fecha 24 de enero de 2006 en los autos principales de los que dimana el presente Rollo, la sentencia cuya parte dispositiva, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Que desestimado la demanda promovida en estos autos a instancia de D/ña. Victor Manuel con Procurador D/ña. MIGUEL RODENAS PEREZ, contra, D/ña Ángela (REBELDIA) y COMPAÑÍA SEGUROS REALE_, en consecuencia, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO, a la parte demandada de todos los pedimentos deducidos en su contra, con expresa imposición de costas a la actora."
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, la representación de Victor Manuel interpuso recurso de apelación, del que se dio traslado a la parte contraria, oponiéndose. Posteriormente se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo por la Sección Primera con el núm. 313/06, donde se personaron ambas partes, con la representación citada en el encabezamiento, rechazándose el la solicitud de celebración de vista oral, por providencia de 22 de septiembre de 2006 se señaló la deliberación, votación y fallo del recurso para el 22 de enero siguiente en que ha tenido lugar.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia de instancia.
Absuelve la sentencia dictada en la instancia a la demandada en cuanto acoge en primer lugar la prescripción de la acción alegada por la demandada. El actor acompaña una serie de documentos médicos ( docs. 6 a 25) todos ellos fechados en 1999. Se trata de la documentación que el Medico Forense debió tener en cuenta cuando en 10/1/2000 emite su Informe en el Juicio de Faltas 1459/2000 incoado a denuncia del recurrente. En este sentido parece evidente que con respecto a las lesiones y secuelas por las que el demandante pudo reclamar, que son las contenidas en el dictamen de alta forense, todas ellas diagnosticadas en el año 1999 su oportunidad se encuentra prescrita al haber transcurrido mas de n año desde que recayó...
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